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  • ¿Quién puede solicitar el concurso de acreedores?

  • Ya te habrás instruido o familiarizado un poco en otros artículos previos sobre lo que es, cómo funciona y cuánto podría demorar un concurso de acreedores, pero también te estarás preguntando con exactitud quién puede solicitar el concurso de acreedores, y aquí te traemos dicha información precisada a continuación.

    Primero conviene que recuerdes que el concurso de acreedores es el procedimiento legal en el que una empresa se declara insolvente sin la capacidad de cubrir todos los pagos y deudas que posee. De acuerdo con las disposiciones legales, el ente legítimo para iniciarlo se corresponde a:

    • Si el deudor es persona natural/física o en su defecto, un acreedor del primero.
    • De ser persona jurídica, ésta tendrán las competencias para decidir sobre la la administración o la liquidación de la empresa.
    • Si la solicitud para concurso es presentada por el mismo deudor, la modalidad del concurso será la de voluntario, y en caso de haber sido un acreedor vinculado al demandante, será un concurso de tipo necesario.
    • Si son entes que no cuentan con personas jurídicas, podrá iniciar la tramitación la persona que tenga la representación bajo su responsabilidad, de acuerdo a la legislación ajustable al caso.

    Algunos entes legítimos adicionales en disposiciones de solicitar el concurso, bajo ciertas condiciones

    Si eres un acreedor al que no se le abona crédito, puedes proceder legítimamente a solicitar el concurso pero debes cumplir las siguientes condiciones particulares:

    1. Que se te haya liquidado apresurada y ruinosamente de tus bienes por la empresa deudora.
    2. El incumplimiento comprobado de las responsabilidades tributarias exigibles a los tres meses previos a la solicitud del concurso, además de insolvencias en las cuotas de la seguridad social, de salarios e indemnizaciones precedidas de las relaciones laborales respectivas a las 3 últimas mensualidades

    Y en el caso de seas de las terceras personas con interés legítimo y avalen una situación de impago, también serás legítimo para solicitar concurso, aún sin ser acreedor.

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