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  • Las 10 preguntas más frecuentes sobre el divorcio

  • Cada día nuestros abogados matrimonialistas escuchan que las mismas preguntas frecuentes sobre el divorcio, da igual que sea contencioso o amistoso. Vamos a exponer a continuación las diez consultas más habituales. Hay muchas más, por supuesto, pero éstas son las que primero se hacen en un despacho.

    Si seguís teniendo preguntas tras leer este artículo, no dudes en consultar con nuestro despacho de Abogados La Gavia. Qué pasa con la casa familiar, quién paga la hipoteca y los gastos, y la sociedad de gananciales, ¿y los demás bienes? ¡Por no hablar de los hijos…! ¡Y hasta del perro!

    ¿Necesito Procurador y Abogado?

    La más repetida es sin duda si es obligatorio tener Procurador y Abogado a la hora de divorciarse. La respuesta es muy fácil: Sí, en nuestro país es necesario, tanto para divorcio contencioso o de mutuo acuerdo. ¡Sí, lo necesitas! ¡No puedes divorciarte sin él! No hay un precio tasado, depende de si el proceso es por vía amistosa o contenciosa. Depende también de lo que se alargue el divorcio y de diversas circunstancias durante el mismo.

    Con un solo Abogado y un único Procurador es suficiente si el proceso es de mutuo acuerdo. ¡No siempre es así! Cada una de las partes puede contratar un Abogado y un Procurador diferente aunque el divorcio sea de mutuo acuerdo. En el divorcio contencioso, es inevitable que cada parte cuente con un Abogado y un Procurador distinto. ¡Ya no hay acuerdo entre los cónyuges!

    ¿Me divorcio o me separo?

    Una de las consultas más recurrentes continúa siendo la diferencia entre divorcio y separación. La separación judicial no finaliza el vínculo matrimonial. Por tanto, los separados y separadas no pueden volver a casarse si no se disuelve ese vínculo antes. Ahora mismo esta división apenas tiene sentido ya que la separación está en desuso, el divorcio es la opción preferida por las parejas actuales. Hace años la separación era mejor vista, debido al rechazo mayoritario de la sociedad española al divorcio, pero actualmente tiene cada vez menos demanda.

    ¿Y los hijos?

    La mayoría de los matrimonios con hijos que se van a separar o divorciar quieren conocer enseguida las distintas alternativas que hay para la custodia de los mismos. La respuesta es fácil: Por vía contenciosa o amistosa, ya que si consiguen lo mejor para sus hijos sin la intervención de un juez será mucho más sencillo, rápido y menos traumático para todos (padres e hijos).

    El Código Civil obliga a regular determinados aspectos, que se incluyen por las partes en el Convenio Regulador, que será aprobado por el Juez y firmado por las mismas. Estamos ante un divorcio de mutuo acuerdo y los progenitores determinarán los puntos esenciales de común acuerdo en dicho convenio. Además, el divorcio de mutuo acuerdo es más barato, entre otras cosas, porque el Abogado y el Procurador puede ser el mismo para las dos partes.

    El divorcio contencioso es más caro y más largo, además, las gestiones se duplican y el contenido del Convenio Regulador será determinado por el Juez, debido a la falta de acuerdo entre los cónyuges.¡Repetimos que lo mejor es el mutuo acuerdo! Si empiezas por lo contencioso, en cualquier momento puedes acudir a la vía amistosa y simplificar el divorcio…

    Proceso de mutuo acuerdo

    Para iniciar el divorcio hay que presentar una demanda de divorcio, además el Convenio Regulador firmado por las partes y escrito por un Abogado. Cada una de las partes por separado ha de ratificar el convenio en el plazo determinado por el Juzgado, precisamente para garantizar su libre consentimiento a la hora de confirmar dicho convenio.

    Para presentar los poderes de representación del procurador también establece un plazo el propio Juzgado.Una vez realizada dicha ratificación por cada uno de los cónyuges, el Juez dictará sentencia tras comprobar que el contenido del Convenio cumple los requisitos legales.

    Documentación

    No se pide excesiva documentación con la demanda del divorcio.-

    • A veces para confirmar que se presenta ante el Juzgado competente se acompaña el certificado de empadronamiento de uno de los cónyuges o documento que acredite el domicilio de los cónyuges.
    • Certificados de nacimiento de cada uno de los hijos en común, si los hay. Dicha solicitud es gratuita en este caso concreto en el Registro Civil de nacimiento de los mismos.
    • También es gratuita la expedición en el Registro Civil donde se celebró el matrimonio del certificado de matrimonio,
    • En último lugar, ya firmado por los cónyuges, el Convenio Regulador del divorcio.
    • Si va a ser contencioso, información sobre los bienes comunes (títulos de propiedad, hipotecas, créditos personales, cuentas corrientes, planes de pensiones…)

    Duración por vía amistosa

    Uno de los motivos más importantes para elegir la vía amistosa a la hora de divorciarse es precisamente la rapidez del proceso. Pues variar según la localidad en que nos encontremos y según el juzgado a que se le asigne el caso (si son muy ‘ágiles’ sus funcionarios o si tiene mucha carga de trabajo).

    Lo normal son unos sesenta días en Madrid de media.

    ¿Cuándo puedo divorciarme?

    En nuestro país dos requisitos son obligatorios para poder divorciarse:

    • Que el matrimonio se celebrar como mínimo tres meses antes.
    • Que viva habitualmente en España una de las dos partes.

    ¿Me tengo que separar antes para divorciarme?

    No hay que separarse antes y esperar dos años para divorciarse desde el año 2005 debido a las reformas que se hicieron de la Ley. Antes era obligatorio, por eso muchas personas tienen esta duda habitualmente. ¡No hay que separarse previamente para poder divorciarse después!

    Custodia compartida o exclusiva

    Se puede establecer custodia exclusiva de uno de los cónyuges en el Convenio Regulador:

    • Ese cónyuge custodio se responsabilizará de los hijos, que vivirán con él si son menores o mayores no independientes económicamente.
    • Salvo que los cónyuges de común acuerdo determinen otra opción, el progenitor custodio vivirá con los menores en la casa familiar.
    • Además, para cubrir las necesidades de los menores el progenitor no custodio tendrá que pagar una pensión de alimentos al otro cónyuge.

    Aunque también se puede establecer custodia compartida entre los dos cónyuges en el Convenio Regulador, determinando la cantidad de la pensión alimenticia de los menores y quién la tiene que pagar, según los ingresos de cada cónyuge.

    No quiere devolver al menor

    Sorprende que esta última pregunta sea una de las más habituales sobre el divorcio. El proceso ha terminado y ya hay sentencia sobre el mismo. Hay régimen de visitas establecido y una de las veces en que el progenitor no custodia se lleva al menor o a los menores no lo devuelve.

    A veces el divorcio es un campo de batalla entre los cónyuges, una manera de seguir vinculado al otro, de conseguir hacerle daño de alguna forma… ¡Y seguir estando presente en su vida! ¿Y los niños? Están en medio y no nos damos cuenta de que lo sufren. Aunque la relación de pareja no haya funcionado, la familia sigue existiendo. Y ese niño o niña tiene derecho a tener un padre y una madre.

    Cuando la situación llega a ese punto, el progenitor custodio debe informar al Juzgado para que se dicte resolución y se proceda a la devolución del menor en el plazo que se establece. Si no se entrega al menor en el tiempo acordado, se puede acudir incluso a las fuerzas del orden para recuperar del menor.

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