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  • Requisitos de suspensión de las penas privativas de libertad

  • ¿Te has visto en un problema delictivo por primera vez? En este artículo te narramos como puedes optar por la suspension de la pena privativa de libertad. En el código penal existe un artículo ochenta, donde manifiesta la suspensión o abolición de la sentencia condenatoria, si el acusado por vez primera comete un acto delictivo y el pago de la penalidad es aproximadamente 2 años; eso siempre y cuando tenga una excelente defensa, presentando argumentos válidos y consistentes ante el juez. Se recomienda contratar un abogado con los conocimientos suficientes en el área penalista.

    ¿Cómo se logra suspender la pena?

    Se debe negociar para no ingresar a la cárcel con el Ministerio Fiscal y las partes involucradas con la sentencia ya conocida. Si por ambos lados de la negociación están de acuerdo con la detención de la pena, en el contexto en que el acusado le da cumplimento fiel este mantendrá su compromiso con la responsabilidad civil, le otorgarán el beneficio sin ninguna complicación.

    Se tiene que tener en cuenta que el juez compromete al acusado a que cumpla lo dictado por la corte a cumplir con propuestas o accesorias en pro de una comunidad y el cambio gradual del comportamiento ético y de buenas costumbres del acusado. Su responsabilidad social estará basada en acciones: limpiar o reparar parques, asistir cuando se le solicite en la corte para aclarar normativas que se le serán dictadas por el juez. Si de lo contrario no cumple con estos requisitos que le otorga el régimen de justicia se le anulará la suspensión ya que este beneficio se les otorga a los reos primarios de librarse de tener como casa la cárcel.

    Cómo librarse de la cárcel

    Para no ingresar a la cárcel luego de recibir la sentencia, se deberá efectuar las siguientes exigencias otorgadas por la administración de justicia:

    • Aquellos que por vez primera cometen un delito

    Este requisito será si el delictuoso es acosado por vez primera, se revisará en el historial policial si ha cometido crímenes insignificantes o nada importante que anteriormente fueran borrados

    Se librará de entrar si posee un historial corto, que no tengan mayor relevancia en su reseña delictiva.

    • Prohibido una sentencia que sobrepase más de 2 años

    Como segundo requisito, no está permitido un veredicto que sea más de dos años, no incluye el pago de multas.

    • Responsabilidad civil

    Esta exigencia se cumplirá si es totalmente necesario, puesto que el demandado deberá efectuar el abono para cumplir las obligaciones de responsabilidad civil su posee una suficiente cabida de capital necesaria que es dictada en cierto tiempo por el magistrado de la corte, en un plazo de 2 años.

    Cumplir todas estas exigencias no da la seguridad zafarse de la pena ya que, se estudiará otros puntos de vistas como:

    • La manera en como ocurrió el proceso delictivo
    • El entorno del denigrado
    • Su estatus personal
    • Su historial delictivo

    Existen unas maneras establecidas por el articulo ochenta de código penal en donde dicta que el susodicho acusado puede no ingresar de las siguientes maneras:

    • Tener una adicción a sustancias químicas o padecer de alguna enfermedad
    • Que el acusado se le allá otorgado una orden de tipo alejamiento, esto quiere decir que no puede tener ningún contacto con la víctima.
    • El penado debe permanecer el sitio indicado por el consejo
    • Debe hacer presencia en la corte cada 15 o 30 días para realizar el proceso de firma.
    • Por ninguna circunstancia manejar ningún tipo de transporte
    • No asistir a emisiones televisivas
    • Realizar trabajos comunitarios en ayuda a la sociedad
    • Obedecer la orden dictada que se manifestó junto con el afectado o victima

    Lo que dicta para no entrar a la cárcel en código penal    

    La primera condición que dicta el articulo ochenta es, para que el acusado se libre de la prisión, la sentencia debe ser menor de veinticuatro meses, siendo evaluadas por la corte o por el magistrado.

    Existen ciertas circunstancias para efectuar una detención y estas son:

    Detención usual

    Se impone a penales con sentencia menos de 2 años, dejando a un lado lo hecho anteriormente y que pueden ser infracciones ligeras que no tengan mucha importancia.

    Si desea disfrutar de esta ayuda deberá cumplir con lo establecido en la corte, como lo es la cancelación de compromiso civil, si no posee la cabida necesaria para cumplirlo, tendrá que tomar la obligación de la cancelación.

    Suspensión portentosa

    Esta detención es muy distinta a la suspensión ordinaria ya que, de ser un delictivo con muchas violaciones repetitivamente. Se favorecerán de esta suspensión tomado en cuanta el comportamiento de delictivo y su cambio total para reivindicarse por los problemas causados

    Las prohibiciones o incumplimientos de los deberes

    En ocasiones donde el penado haya violado las condiciones impuestas por el juez, se considerará una prorroga en el plazo para la suspensión, esta prórroga debe ser menor a la mitad del tiempo acordado. Es necesario contar con abogados penalistas dispuestos a brindarles un servicio excelente y de calidad.

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