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  • Reducir salarios en las empresas

  • Muchas medidas han sido adoptadas por las compañías y empresas para poder afrontar la crisis generada por el estado de crisis y alarma desatado por la aparición del nuevo coronavirus ha sido suspender o reducir el salario de sus empleados, una medida que, a pesar de ser realmente dura, es totalmente necesaria dado a que se evitan de esta manera los despidos masivos de trabajadores y además se logran mantener la vitalidad económica de la empresa para prevenir su cierre.

    En el informe publicado por la consultoría KPMG llamado “Remuneraciones y la Covid-19” se revelaron impresionantes datos generados por la pandemia en curso que demostró que en España seis de cada diez empresa reduciría el sueldo de su personal durante los meses siguientes.

    Cambios sustanciales en las condiciones del trabajo

    Adoptar la medida de reducir o suspender los sueldos debe ejecutarse cumpliendo con las normativas establecidas en las leyes, particularmente lo estipulado en el Estatuto de Trabajadores, específicamente en su artículo número 41 en donde se especifican los cambios de condiciones del trabajo. Las modificaciones englobadas por dicho artículo abarcan desde los cambios del horario de trabajo, de la jornada, de los turnos, de funciones, rendimiento, sistemas, salario y remuneraciones.

    Cuando una empresa pretende modificar el salario, turno, horario o la jornada laboral de sus trabajadores debe cumplir todos los requerimientos legalmente exigidos en base a la cantidad de empleados que afectara dicha modificación. De igual forma es importante que se detalle la causa que motiva a dicha modificaciones mediante un escrito formal en donde se justifica la situación económica, productiva y organizativa actual de la compañía.

    Lo anteriormente descrito argumenta la necesidad de que las compañías y empresas se encuentren debidamente asesoradas por un profesional de derecho laborista, el cual tiene la capacitación necesaria para evaluar las diferentes alternativas estipuladas en la ley para poder realizar una modificación en el salario y las remuneraciones de los empleados. Una forma de evitar este tipo de tramitación legal es optar por una novación de tipo contractual, la cual supone la adopción de características nuevas en la relación contractual y laboral.

    Dicha novación consta de un escrito en el cual se detalla que, hasta dicho momento, la relación contractual y laboral se basaba en una serie de características determinadas y que desde la fecha siguiente dicha relación se caracterizara por estas nuevas medidas que se deberán especificar. La novación supone un mutuo acuerdo entre el trabajador y la empresa, por lo que debe ser pactado, aceptado y firmado por las dos partes, de esta manera la compañía tendrá que ofrecerle algún beneficio al trabajador para que este acepte la novación.

    Otras modificaciones: Retribuciones

    En el informe anteriormente descrito también se indicó que esta previsto que se efectúen una serie de modificaciones en lo que respecta a retribuciones flexibles, en retribuciones variables y en las variables anuales. De igual forme se ha presentado otro tipo de modificaciones y medidas que potencialmente pueden ser utilizadas por las empresas ante el estado de alarma actual, tales como la cancelación de aquellos proyectos que se califiquen como no esenciales, cancelaciones de promociones y contrataciones, de los incrementos salariales, de vacaciones, contratos de subcontratistas y remuneraciones a altos directivos y consejeros.

    ERTE para proteger los puestos de trabajo

    No solo se ha optado por la disminución y modificación de los salarios, también se han tomado otras medidas como lo son los Expedientes para Regulaciones Temporales de Empleo, también conocido como los ERTE, los cuales suponen la suspensión de relaciones contractuales con disminución de las jornadas de trabajo. Incluso hasta un veinte por ciento de las compañías en España reconocen que han recurrido a los ERTE para poder afrontar la adversa situación técnica, productiva y económica que se ha generado la Covid-19 y otro diecinueve por ciento alega realizar ERTE por fuerzas mayores debido a la misma situación en cuestión.

    De todas las empresas que han recurrido a los ERTE, el veintisiete por ciento opto por hacer una complementación del salario de los empleados, con el objetivo de mantener la capacidad adquisitiva de sus trabajadores. Cualquier tipo de duda que posea una empresa con respecto a las medidas a adoptar para afrontar la Covid-19 deben ser valoradas y asesoradas por un bufete de abogados laboristas.

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