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  • ¿Qué necesito para matricular un vehículo?

  • Las matriculaciones de automóviles o vehículos suponen uno de los procesos más complejos y en ocasiones difíciles del ámbito legal. En este sentido inicialmente conviene hacer referencia a la transmisión o trasferencia de coches, camiones o motos, el cual comprende la acción de cambiar la propiedad de este bien ya se como parte de un proceso de compraventa del mismo o derivado de una donación del antiguo propietario del vehículo al nuevo propietario.

    En otras ocasiones la transferencia de un vehículo puede deberse a el fallecimiento de su propietario y por ende la transmisión del mismo al heredero. Luego de la trasferencia deben iniciarse los procesos de matriculación del coche, camión o moto.

    En el caso de que la transferencia precise el registro para la matriculación del vehículo, este proceso será delegado a la Dirección General del Trafico o la Jefatura Provincial del Trafico, quienes son los órganos gestores encargados de llevar a cabo los trámites que se describirán a continuación. Dichos tramites tendrán un coste estipulado según las características del vehículo que se esté matriculando, teniendo en cuenta que solo la placa matricular posee un coste de unos treinta y cinco euros.

    Otro de los costes a sumar son los impuestos establecidos por transferencias de vehículos, los porcentajes añadidos del coste de coche, camión o moto, y en caso de que se trate de un automóvil de segundo propietario “segunda mano” se deberá pagar el impuesto por esta situación.

    Existen dos maneras de proceder en estas circunstancias:

    • Notificar la trasferencia: En este caso el vendedor avisa al organismo respectivo, en este caso una Jefatura Provincial del Trafico, la transferencia del coche y seguidamente el comprador lleva a cabo la solicitud de la inscripción del vehículo a su nombre.
    • Solicitar la trasferencia: En este caso tanto el adquiriente como el vendedor llevan a cabo de manera conjunta la solicitud de traspaso de la titularidad del vehículo.

    Matriculación de coches, camión o moto

    Para proceder con la matriculación se debe tener el documento que otorga la Jefatura en cuestión para este trámite en donde se añaden los datos y la firma del adquiriente y el vendedor. En el caso de que el nuevo titular no tenga la edad necesaria para este trámite, se inscribirán la firma y los datos de la madre, del tutor o del padre. En el caso de que el vehículo se encuentre matriculado por varios individuos, se realizaran todas las solicitudes necesarias.

    Las personas naturales físicas no extranjeros deben recaudar para esta documentación el DNI original y vigente, en caso de no contar con el mismo se presentará un respaldo de haber sido solicitado, pasaporte, certificado de conducción, libro familiar u otro documento que acredite su identidad. Los menores de edad o personas incapacitadas deben recaudar el DNI original y vigente de su tutor, madre o padre, y un documento en donde se acredite su actuación como representante del menor, por ejemplo, el libro familiar o una resolución familiar.

    En el caso de los extranjeros, estos deben recaudar los siguientes documentos: Una declaración en la que se evidencia que ha sido titular de otros coches, camiones o motos matriculadas en el territorio español, o el certificado de conducir de España. Además, debe presentar la tarjeta o documento de residencia vigente y original.

    Si no posee la tarjeta o documento de residencia, debe presentar un certificado emitido por la policía donde se especifique que no es posible expedir el documento en cuestión o escrito en donde se encuentre el N.I.E. Además, deberá contar con el documento o certificado de identidad del país de donde provenga si su nación de origen pertenece al denominado Espacio Europeo Económico, o en caso de provenir de un país tercero bastará con el pasaporte, y por ultimo un documento que certifique su domicilio o estadía en el territorio español, ya sea un contrato de arrendamiento, tarjeta censal, escritura de alguna propiedad, etc.

    En el caso de ser un menor o incapacitado extranjero, se solicitará el certificado de residencia vigente del tutor, madre o padre y el documento o certificado donde se acredite la tutoría o custodia del menor.

    En muchas ocasiones en el DNI o en el certificado de residencia se detalla un domicilio que ya no es el domicilio o la provincia actual del solicitante de la matriculación del vehículo lo que puede generar problemas. No obstante, la Jefatura Provincial del Trafico de su nuevo domicilio permite que aun en estos casos se realicen las gestiones y tramitaciones para la matriculación de la moto, camión o coche, y para ellos se deberá contar con el certificado de empadronamiento original o la tarjeta censal.

    Ahora bien, lo anteriormente mencionado son los documentos exigidos para que una persona natural matricule un vehículo, no obstante, los documentos que deben cumplir una persona jurídica son diferentes. Una persona jurídica necesita contar para este trámite con el CIF original, DNI original y vigente o un certificado de residencia o pasaporte en caso de no portar DNI. Igualmente se debe poseer el escrito donde se acredite a dicho ente jurídico su rol como representante de una sociedad y de esta manera poder actuar en su nombre.

    En lo que respecta a los documentos relacionados con el vehículo a matricular, se debe poseer tanto la copia como el original del escrito en donde se acredita la trasmisión del coche, camión o moto, es decir, el contrato o factura compraventa de este bien. De igual manera se debe contar con la licencia o permiso de circulación.

    En el caso de que el traspaso en el traspaso del vehículo éxito además la transmisión de un coche como forma de pago parcial del vehículo a matricular, se deberá presentar copia y original del escrito donde se justifique la entrega del mismo. En esta situación se debe aportar documentos como el justificante del abono o pago tanto su fotocopia como el original.

    En el contexto de que se trate de un vehículo agrícola, se necesita disponer de un certificado acreditativo de que se ha producido la baja del Registro de Maquinarias Agrícolas y el certificado de autoliquidación del gravamen especial que se paga sobre determinados tipos de vehículos.

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