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  • Alta de autónomo en 2026: coordinar Hacienda e Importass paso a paso

  • Gestoría de trámites para empresas y particulares

    Empezar a trabajar por cuenta propia requiere coordinar al menos dos ámbitos: el censo tributario de la Agencia Tributaria y el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos ante la Tesorería General de la Seguridad Social. Completar uno no sustituye el otro. La fecha de inicio, la descripción de actividad y los códigos utilizados deben ser coherentes para evitar altas fuera de plazo, cuotas o modelos inesperados.

    Primero, definir la actividad

    Antes de abrir formularios, escriba qué servicios o bienes ofrecerá, dónde, a quién y con qué medios. Determine si necesita licencia, colegiación, autorización sanitaria, seguro o registro sectorial. Identifique epígrafe de IAE y código CNAE, que pertenecen a clasificaciones distintas. Si desarrolla varias actividades, comunique todas y valore su tratamiento en IVA, IRPF y Seguridad Social.

    Alta tributaria mediante el modelo 036

    Desde el 3 de febrero de 2025 está suprimido el modelo 037. La AEAT indica que el alta se tramita con el modelo 036 antes de iniciar la actividad o de que nazca la obligación de retener. Debe comunicar identificación, domicilio, actividad, locales, régimen de IVA, modalidad de IRPF y retenciones que puedan corresponder.

    Darse de alta en un epígrafe no significa necesariamente pagar cuota del IAE: existen exenciones, pero la clasificación sigue siendo necesaria. Revise si facturará con IVA, si alguna operación es exenta, si aplicará retención profesional y qué modelos periódicos se activan. Descargue el justificante y consulte después sus datos censales para confirmar el resultado.

    Alta en Seguridad Social por Importass

    El servicio oficial de alta en trabajo autónomo de Importass exige solicitarla antes de comenzar y permite tramitarla con una antelación máxima de 60 días. Si la actividad ya empezó, hay que comunicarla igualmente, pero tendrá consideración de alta fuera de plazo con sus efectos.

    Prepare código IAE y administración tributaria, CNAE, fecha y domicilio de actividad, previsión de rendimientos netos anuales, base de cotización dentro del tramo aplicable, mutua y cuenta bancaria. La Tesorería puede pedir datos adicionales. Si la cuenta no es suya, necesitará datos del titular y autorización.

    Rendimientos y base de cotización

    El sistema de cotización atiende a rendimientos netos previstos y prevé una regularización posterior con datos disponibles. Haga una previsión razonada, no una cifra elegida solo por la cuota del primer mes. Incluya todas las actividades por cuenta propia y aplique las reglas específicas comunicadas por la Seguridad Social. Si durante el año la previsión cambia de forma relevante, revise las opciones de modificación dentro de los periodos habilitados.

    La base influye en prestaciones, no solo en coste. Antes de escoger, valore incapacidad, nacimiento, cese y jubilación, además de posibles beneficios. Compruebe requisitos de cualquier reducción o cuota reducida antes de marcarla; la aplicación puede depender de no haber estado de alta en periodos anteriores u otras condiciones.

    Fecha de inicio y primeras obligaciones

    Use una fecha realista y coherente en Hacienda, Seguridad Social, facturas, contratos y licencias. No emita facturas ni preste servicios antes del alta sin analizar consecuencias. Después, cree un calendario de IVA, pagos fraccionados, retenciones y libros. Active certificado digital y notificaciones. Una actividad sin ventas puede mantener obligaciones si sigue de alta.

    Compras y gastos anteriores al inicio

    Si incurre en gastos preparatorios, no presuponga su deducción automática ni retrase artificialmente el inicio. Conserve contratos y facturas completas y analice cuándo comenzó realmente la actividad a efectos tributarios. La adquisición de equipos, la publicidad previa o el alquiler pueden exigir comunicar el alta antes de la primera venta. Coordine también la fecha con licencias y con el inicio en Seguridad Social para mantener una explicación documental coherente.

    Antes de finalizar, pruebe el acceso a ambas sedes y anote dónde se descargan resoluciones. Un trámite delegado debe quedar igualmente archivado a nombre del titular, con fecha y número de referencia.

    Lista práctica

    • Describe actividades y verifica licencias o colegiación.
    • Selecciona IAE y CNAE con criterios documentados.
    • Fija fecha real de inicio y coordina ambos organismos.
    • Presenta el 036 y confirma regímenes y modelos.
    • Prepara rendimientos previstos, base, mutua y banco.
    • Tramita Importass antes del inicio, hasta 60 días antes.
    • Descarga resoluciones y comprueba datos registrados.
    • Organiza facturación, libros y calendario desde el primer día.
    • Revisa previsión de rendimientos durante el año.

    Preguntas frecuentes

    ¿Puedo facturar solo con el alta de Hacienda?

    Si la actividad reúne los requisitos de trabajo autónomo, también debe tramitarse el alta correspondiente en Seguridad Social. No son alternativas.

    ¿El modelo 037 sigue disponible?

    No. Fue suprimido en 2025; en 2026 se utiliza el 036.

    ¿Puedo darme de alta después de empezar?

    Debe comunicarlo, pero será fuera de plazo y puede tener efectos económicos y administrativos. Lo correcto es tramitar antes.

    Empiece con un calendario coherente

    Abogados La Gavia puede revisar actividad, encuadramiento, obligaciones fiscales y alta en Importass. Consúltenos antes de fijar su primera fecha de servicio o factura.

    Artículo informativo revisado a 31 de julio de 2026. Las obligaciones dependen de habitualidad, actividad, situación personal y normativa aplicable.

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