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  • ¿Qué es un despido objetivo?

  • En España las leyes permiten que el empresario lleve a cabo el cese de una relación de trabajo con uno de los empleados siempre que se logren justificar una serie de contextos que abalan el despido como la ineptitud del trabajador, incapacidad de adaptarse a las nuevas exigencias de la empresa, por inasistencias a la jornada de trabajo o por una serie de causas relacionadas con la empresa tales como cambios a nivel organizativo, productivo, económico o técnico.

    Cuando un empresario cumple con alguna de las anteriores causas descritas al despedir a un trabajador, se entenderá legalmente que el despido es de tipo objetivo. Esta modalidad de despido establecida en las legislaciones le ofrece la oportunidad al empresario de reducir su plantilla de empleados siempre que existan circunstancias que demanden dicha reducción.

    Es imperioso que la compañía logre argumentar que se haya en un contexto justificado por las leyes para lograr la autorización necesaria que le permita cesar las relaciones laborales de ciertos trabajadores mediante un despido de forma objetiva lo que le permitirá pagarle la cantidad de indemnización establecida a cada trabajador para los despidos de causas objetivas dado a que dicha compensación resulta menor a la comparada con las indemnizaciones por despidos considerados legalmente como nulos o improcedentes. En el caso de que la empresa realice el despido de tipo objetivo de varios empleados, esto se concebirá como un Expediente para Regulación de Empleos, también conocido como ERE.

    En este año se ha popularizado entre los trabajadores el concepto de ERE debido a la indudable crisis económica que ha generado el nuevo coronavirus causante de una pandemia con consecuencias a nivel mundial, una de ellas, la necesidad de las empresas de reducir sus personales para asumir las pérdidas económicas causadas por la pandemia. No obstante, como parte de los decretos llevados a cabo para afrontar la crisis, en España se estableció que hasta el treinta de septiembre los despidos de tipo objetivo en los que se argumente fuerzas mayores, o razones administrativas, productivas, técnicas o económicas estaban prohibidos, de esta forma los empresarios han tenido que recurrir a mecanismos como los ERE de carácter temporal para proteger sus intereses y el de los trabajadores.

    La importancia de conocer las situaciones que avalan un despido de carácter objetivo se basa en que de esta manera la empresa logra ahorrar una cantidad monetaria relevante dado a que otros tipos de despidos (nulos o improcedente) suponen indemnizaciones mayores en comparación con un despido de tipo objetivo. La indemnización establecida para cada tipo de despido son las siguientes:

    • Para los despidos de tipo disciplinario la empresa se ve favorecida debido a que no deberá pagar al empleado ningún tipo de indemnización dado a que se considera que el trabajador ha incurrido en un incumplimiento de sus obligaciones básicas.
    • Por su parte, en lo que respecta a los despidos de tipo objetivo el trabajador percibirá por parte de la empresa una indemnización correspondiente a veinte días salariados por cada año que el empleado trabajo en la empresa con un límite máximo de doce mensualidades. Como ya se ha mencionado, en esta situación el empresario ha logrado justificar de forma objetiva su decisión de finalizar el contrato con el trabajador.
    • Por último, si la empresa lleva a cabo un despido sin causas justificables u objetivas, el trabajador reclama el despido ante el juzgado y este establece que el despido en cuestión se considera legalmente improcedente la empresa deberá pagar una indemnización al empleado de treinta y tres días salariados por cada año de trabajo en la empresa con un límite máximo de veinticuatro mensualidades posteriores al doce de febrero del 2012, mientras que para el tiempo trabajado en la compañía previo a dicha fecha se calculara cuarenta y cinco días salariados por cada año que haya trabajado en la compañía con un límite máximo de cuarenta y dos mensualidades.

    Como se detalla en los párrafos anteriores, la indemnización por un despido improcedente es notablemente superior a la que percibiría un empleado despedido por causas justificables u objetivas, por ello tanto las empresas como los trabajadores deben conocer cuándo se puede ejecutar legalmente un despido de tipo objetivo.

    ¿En qué contexto el trabajador puede sufrir un despido objetivo?

    En el denominado Estatuto de Trabajadores se han detallado, en los artículos número 53 y 52, cuales son los contextos o situaciones en las que se puede acreditar de forma legal causas objetivas para llevar a cabo el despido en cuestión. Dichas situaciones son las siguientes:

    Ineptitud del empelado: Es la incapacidad que posee el trabajador para poder desarrollar el puesto laboral al que se le ha asignado dentro de la empresa. Dicha ineptitud debe presentarse posterior a la contratación del trabajador, dado a que si se conocía la misma antes de que se incorpore a la compañía no se justificara como una causa de tipo objetiva.

    Incapacidad del empleado para adaptarse a modificaciones técnicas implementadas en el puesto de trabajo que ocupa: Esto sucede de forma importante en la actualidad dado a que las compañías están incorporando nuevas maquinarias y tecnología para los procesos que desarrolle la empresa, por lo que el trabajador debe adaptarse a estos cambios, teniendo en cuenta además que el empresario le ofrecerá un periodo de tiempo oportuno de 2 meses y un taller de capacitación para que este asuma las modificaciones de carácter técnico.

    Ejemplo: Situémonos en el contexto de una empresa dedicada a la reparación de automóviles y vehículos que posee 2 trabajadores. Como sabemos, actualmente la tecnología que utilizan los vehículos ha evolucionado sorprendentemente dependiendo cada vez mas de componentes electrónicos y digitales, por lo que los talleres deben incorporar nuevas maquinaras para llevar a cabo el diagnostico electrónico de fallas que puedan presentar los vehículos modernos. En este caso la empresa debe ofrecerles a ambos empleados un taller de capacitación para aprender a utilizar estas máquinas de diagnóstico electrónico. Luego del curso o taller, los 2 trabajadores tendrán 2 meses para adaptarse, pero, Mario, uno de los empleados, nunca ha logrado entenderse con las nuevas tecnologías electrónicas por ello luego de dicho periodo no ha logrado adquirir las habilidades necesarias para efectuar un diagnóstico electrónico de las fallas de los vehículos, por ello, la empresa puede proceder con el despido objetivo del Mario alegando incapacidad para adaptarse a los nuevos cambios en el puesto laboral, y lo indemnizara como corresponde para este tipo de despidos objetivos.

    Causas de carácter técnico que generen importantes modificaciones en los instrumentos productivos de la empresa.

    Causas de carácter organizativo que generen modificaciones en la organización productiva o en su defecto el sistema laboral del personal.

    Cusas de carácter productivo que generen modificaciones en la solicitud y demanda de trabajos y servicios de la compañía.

    Por fuerzas mayores: Actualmente se han suscitado debido a la pandemia por la COVID-19 una serie de situaciones que pueden entenderse como causas mayores como se denotara en la siguiente ejemplificación:

    Ejemplo: Marcela posee una empresa de tipo bar con una cantidad considerable de camareros. Desde que se establecido el estado de emergencia por el nuevo coronavirus el bar de Marcela ha tenido que mantenerse cerrado por más de 2 meses, e incluso, en el momento en el que podrá realizar la apertura no contara con la clientela esperada para mantener la rentabilidad de la empresa dado a las nuevas normativas de restricción de personas en espacios cerrados, por lo que Marcela ha decidido no abrir. De esta manera Marcela ha tenido que despedir a 2 camareros alegando causas mayores y pagándole sus respectivas indemnizaciones.

    Ante la falta o reducción de presupuesto anual entregado por la Administración a las Organizaciones no gubernamentales: La Administración anualmente les otorga a las entidades no gubernamentales y sin fines lucrativos subvenciones para que estas puedan desempeñar sus actividades con fines sociales y públicos.  Dichas organizaciones cuentan con empleados y como se detallará en el siguiente ejemplo estas pueden despedir objetivamente a un trabajador si se reduce el presupuesto anual.

    Ejemplo: Cierta organización no gubernamental en España u ONG cuenta con un total de cuatro abogados contratados para efectuar de forma gratuita el asesoramiento de inmigrantes. Esta actividad se realiza gracias a la subvención que el Ministerio le otorga a la ONG anualmente. Ahora bien, dado a una serie de recortes que ha tenido que realizar el Ministerio, la subvención que anualmente recibía la ONGA se ha reducido en más del cincuenta por ciento, por lo que esta organización se verá obligada a utilizar la modalidad de despido de tipo objetivo para disolver la relación contractual con 2 de sus abogados.

    Despidos de tipo colectivo relacionadas a causas técnicas, económicas, productivas u organizativas

    Como ya se mencionó, en ciertas ocasiones la empresa puede efectuar un despido de una cantidad importante de trabajadores de forma objetiva, lo que se conoce como ERE O despido colectivo, esto según la cantidad de empleados despedidos en un periodo de noventa días. Para que el despido se considere como colectivo, se deben cumplir ciertos requerimientos detallados en las leyes como lo son:

    1. En las empresas que cuenten en su plantilla con cien trabajadores o menos, el despido debe ser de al menos diez empleados.
    2. En las compañías con menos de trescientos empleados y más de cien, los despidos deben suponer el diez por ciento de la plantilla de empleados.
    3. Si la empresa dispone de más de trescientos trabajadores, la cantidad de empleados despedidos debe ser superior a treinta.

    Los requisitos que el empresario debe cumplir para poder efectuar despidos objetivos

    El ya citado Estatuto de Trabajadores posee en su artículo numero 52 los requerimientos que un empresario debe cumplir para llevar a cabo esta modalidad de despidos. De no cumplirse los requisitos que en los siguientes párrafos serán descritos el empresario puede ver comprometido el despido que ha efectuado dado a que el mismo podría declararse legalmente improcedente.

    Inicialmente el empresario debe otorgarle al trabajador una carta o documento de despido, en el cual se detallen las causas que motivaron al cese de la relación laboral, igualmente debe aportar la documentación necesaria para argumentar dicha causa. Por otra parte, el despido ha de efectuase con un plazo de preaviso que debe ser como mínimo de quince días, lo que significa que la empresa debe comunicar anticipadamente al empleado la decisión de finalizar el contrato laboral. En caso de no efectuarse dicho preaviso, la empresa se verá obligada en sumar dichos días al finiquito del empleado despedido.

    Finalmente, como se ha mencionado anteriormente, se le debe abonar al trabajador la indemnización correspondiente al contexto de un despido de tipo objetivo, el cual es de veinte días de salario por cada uno de los años en los que el trabajador presto servicios a la compañía teniendo un límite máximo de doce mensualidades.

    Recomendaciones a considerar en el contexto de despidos objetivos

    El trabajador en esta situación, a pesar de sus intenciones de reclamar o no el despido, debe proceder con la firma del documento de despido, ya que esto no supone que está de acuerdo con las causas expuestas, solo reafirma que el empleado a recibido este escrito, siendo aconsejable en esta situación que se agregue al lado de la firma una nota corta en la que se especifique que no está conforme con el despido.

    El trabajador tiene derecho a demandar el despido siempre que considere que las causas objetivas argumentadas no resultan justificables o comprobables, de esta manera podría obtener la anulación del despido o su calificación de improcedente, lo que elevaría considerablemente su indemnización.

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