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  • Jurisprudencia en la custodia de animales

  • “Las mascotas son el mejor amigo del hombre” Esto bien puede aplicar para una gran variedad de mascotas que tenemos en nuestro hogar. Con su sola presencia, una mascota puede hacernos increíblemente felices incluso en los momentos más duros de la vida, como lo es el divorcio pero quien se queda con la custodia de animales tras divorcio. Y es que, cuando un matrimonio decide romper, muy pocas veces se considera la figura de la mascota, la cual también formaba parte de la familia creada con el matrimonio. ¿Quién debe hacerse cargo de la mascota? ¿Existe algún tipo de custodia especial para mascotas? Todas estas dudas y muchas más las resolveremos en el blog de Abogados La Gavia a continuación.

    Hasta hace no mucho, en nuestro Derecho Civil las mascotas o animales de compañía eran considerados como bienes inmuebles. Un título que al día de hoy no corresponde y puede llegar a ser hasta un insulto para los amantes de las mascotas. Por suerte, el ordenamiento jurídico ha ido mutando para adaptarse a los tiempos que corren, lo que significa que las mascotas ya no son lo mismo que un mueble para la ley, sino seres vivos tal y como lo son. Los mejores abogados matrimonialistas de Madrid te detallarán a continuación todos los detalles sobre esta sección de la jurisprudencia española.

    Las mascotas en nuestro ordenamiento jurídico

    Durante el año 2017, el Congreso finalmente admitió un cambio en la legislación para otorgarle el valor que necesitan las mascotas en nuestro marco jurídico. Ya no son lo mismo que un coche o que una casa, ahora son considerados seres vivos auténticos, dotados de sensibilidad y con sentimientos hacia las personas. En un divorcio, es normal que, por ejemplo, el perro de la familia quede totalmente consternado por el hecho de ver cómo sus dueños se distancian e incluso el trato hacia él deja de ser el mismo. Las mascotas pueden detectar fácilmente cuándo un ambiente está cargado de un problema marital y se pueden a llegar a sentir muy mal por esa razón.

    Este cambio en la legislación, de considerar a las mascotas como cosas y ahora considerarlas como seres, representa un gran avance para nuestro país que, aun así, debe seguir mejorando sus leyes. No obstante, no vamos por mal camino pues, en consideración de las mascotas, en Francia realizaron cambios similares apenas en 2015, mientras que en Portugal también lo hiñeron en el año 2017. Como humanidad, estos cambios de nuestras leyes, aunque implican la modificación de muchos documentos, son un paso adelanta que nos humaniza y demuestra que no solo nos preocupa nuestros intereses, sino también los del resto de seres vivos del planeta Tierra.

    Gracias a este cambio, las mascotas ya no son un bien y por lo tanto no estarán dentro de los préstamos hipotecarios. Por ello, en caso de embargue, nadie podrá quitarte a tu mascota ya que no es una “cosa” que se puedan llevar. Asimismo, en caso de divorcio, se debe procurar el máximo bienestar para la mascota (como si se tratara de un hijo más de la relación), por lo que se debe establecer una custodia.

    Mascotas, derechos y obligaciones

    Actualmente, las leyes consideran que la relación entre una mascota y su dueño es una relación de propiedad privada. Por tanto, el dueño debe asumir todas las responsabilidades y obligaciones que corresponde a ello. Así que, si tienes una mascota, tienes el compromiso de asegurar su bienestar y no realizar acciones que atenten contra su vida y tranquilidad como lo puede ser el maltrato cruel e injustificado. Ten en cuenta que el Código Penal de nuestro país, ya desde 2003 diferencia el maltrato entre las mascotas y las cosas, por ende, una agresión a un animal hoy en día puede ser pagada con cárcel y multas millonarias. Es decir, que golpear a un animal puede ser tan grave como golpear a cualquier persona.

    Mascotas y divorcios

    En estas situaciones y considerando todo lo anterior dicho, las mascotas deben ser tenidas al momento de un divorcio, pues su custodia debe decidirse por consenso según las premisas de la ley. En definitiva, la decisión con respecto a la mascota que se tome, debe asegurar el bienestar de la mascota y en base a ello se deben hacer consensos que beneficien a ambas partes. El cuidado del animal del matrimonio es un asunto bastante delicado, casi tanto como el de los hijos. Lo ideal sería lograr una custodia compartida en la ambos miembros del divorcio acuerden tiempos para atender, disfrutar y cuidar del animal debidamente.

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