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  • Cuando es conveniente repartir una herencia judicialmente

  • Asumir la pérdida de un familiar es una situación dolorosa y difícil, pero resulta mucho más complicada cuando además debemos lidiar con asuntos de sucesiones. En ocasiones estos procesos son expeditos, sin embargo, con frecuencia es necesario repartir la herencia judicialmente. Generalmente se acaba en el juzgado porque existe alguna anomalía jurídica previa, que no fue debidamente prevista o que no se ajusta a la normativa vigente.

    A grosso modo podemos mencionar las tres condiciones que con mayor frecuencia motivan la repartición de una herencia en el juzgado. Se trata de circunstancias testamentarias, relativas tanto al testador como a sus herederos:

    1. Disposiciones testamentarias inadecuadas.Por definición, el testamento es el documento que refleja la voluntad de la persona fallecida. Sin embargo, cualquier omisión o error en su redacción puede llevar a una actuación en forma contraria. Aunque pareciera una tarea tan sencilla como repartir los bienes del testador entre sus herederos, la realidad nos confirma que es causa de innumerables litigios.

    Además, debe tenerse en cuenta que el derecho sucesorio suma a su amplia regulación por el Derecho Común las normativas de los Derechos Forales o Especiales, que se aplican en distintas partes del territorio nacional, como Galicia, Cataluña, Aragón, Navarra, parte del País Vasco y Baleares.

    Con respecto a la asesoría que podemos obtener del Notario al momento de testar, cabe destacar que no es función de este ofrecer orientación alguna, pues su misión es dejar constancia de que una determinada persona ha otorgado un tipo de testamento en una fecha específica, sin que ello implique su valoración o un análisis exhaustivo de la situación sucesoria del testador.

    Si se tiene alguna duda o se desconoce cuál es la forma adecuada para plasmar nuestras disposiciones finales en un testamento, lo más recomendable es buscar la asesoría de un abogado o despacho de abogados de confianza. Estos profesionales sabrán plasmar con precisión las voluntades y asegurarse de que se cumple con toda la normativa tanto del Derecho Común como del Derecho Especial. Esto reviste aún mayor importancia cuando el patrimonio es cuantioso o el número de herederos es considerable, pues ambos factores inciden en la complejidad del reparto de la herencia.

    1. Heredero o herederos que se niegan a realizar la partición. Otra circunstancia testamentaria que con frecuencia lleva a la resolución de la herencia en los juzgados es la negativa de alguno de los herederos a dividir los bienes. Las causas son muchas, ya sea que hasta el momento del fallecimiento del titular un heredero ostentaba la posesión de los bienes, o porque alguno considere que sus intereses se han visto perjudicados en la sucesión, o simplemente porque no desea abonar el importe de la legítima o contribuir en los gastos. Lo cierto es que se trata de una situación incómoda, que produce mucha tensión entre los herederos.

    En estos casos, el procedimiento judicial es la única alternativa para obligar a un heredero a realizar los trámites necesarios para repartir la herencia. Llegados a este punto, si se le ha notificado la citación a un heredero y este no comparece, la actuación judicial seguirá su curso, renunciando el heredero ausente a la oportunidad de defender sus legítimos intereses, y obligándose a acatar el reparto efectivo de la herencia.

    1. No existe acuerdo en el valor  de los bienes. Cuando el causante procede al reparto de los bienes en el testamento, sin haber definido previamente el mecanismo o la persona encargada de realizar la valoración de los bienes, pueden presentarse discrepancias al momento de hacerse efectiva la sucesión. Cada una de las partes interesadas puede valorar al alza o a la baja, en pro de sus intereses. Si bien en algunos casos puede usarse la referencia del mercado, algunos bienes, como derechos reales o  participaciones o acciones societarias, derechos de propiedad intelectual, etc., son muy difíciles de tasar.

    Para hacer aún más complejo el asunto, estas negociaciones se ven también afectadas por las relaciones personales previas que puedan existir entre los intervinientes. Cuando se hace imposible llegar a un acuerdo, lo más sano es delegar en un abogado o despacho de abogados las gestiones necesarias para llegar al procedimiento judicial que permitirá la resolución del litigio.

    Por otra parte, existen ciertas cuestiones de carácter económico que debes tener en cuenta antes de decidir si te conviene resolver judicialmente una herencia.

    En primer lugar debes saber que la cuantía económica de la herencia incide en los gastos del procedimiento de repartición. Mientras mayor sea el valor de los bienes, mayores serán los costes, pero siempre hay unos mínimos. Además, para la repartición judicial de una herencia es obligatoria la contratación de un procurador, un abogado o despacho de abogados, así como peritos para la valoración económica de los bienes y un contador partidor. Por eso no resulta conveniente optar por un procedimiento judicial cuando se trata de una herencia modesta.

    Igualmente hay que considerar el tipo de bienes que conforman la herencia y la liquidez de los herederos. El patrimonio cultural, inmobiliario, empresarial, incide en la valoración de la herencia, y, como hemos dicho, en los costes del procedimiento,  y obligará a los herederos a disponer de dinero efectivo para afrontar los gastos, incluso antes de poder disponer de los bienes.

    Por eso, siempre que sea posible debe preferirse el reparto de la herencia por mutuo acuerdo entre los herederos, dejando constancia ante Notario y con la posterior inscripción de los bienes en el registro de la propiedad. Lamentablemente, esto no siempre es posible, y no queda más alternativa que acudir a la vía judicial.

    Fases del procedimiento judicial de división de herencia

    El procedimiento para repartir la herencia judicialmente debe cumplirse en una serie de etapas o fases consecutivas. A continuación encontrarás una breve descripción de cada una de ellas, para que puedas comprender el paso a paso:

    1. Presentación de la demanda. Para dar inicio al procedimiento, el heredero o herederos interesados deberán introducir una demanda ante el juzgado competente.
    2. Fase de formación de inventario. Las partes informarán el listado de bienes que conforman la herencia. En ocasiones hay discrepancias en torno a la inclusión o exclusión de bienes, sea porque han sido vendidos con anterioridad al fallecimiento, o fueron donados o se desconoce su titularidad. Si no existiera acuerdo en este particular, será necesario celebrar un juicio verbal en el cual un juez de primera instancia fijará el inventario mediante sentencia.
    3. Designación de contador-partidor y peritos.Definido ya el inventario,  se debe designar a un contador-partidor. Este es un profesional del Derecho inscrito en el partido judicial del juzgado competente. Su nombramiento puede realizarse por acuerdo entre las partes, por lista o sorteo. Asimismo habrá que decidir si los peritos serán nombrados por el contador-partidor o si se designarán judicialmente. En función del caudal hereditario y el tipo de bienes que lo conformen se decidirá el número de peritos que se deberán nombrar.
    4. Presentación del cuaderno particional. El contador-partidor procederá al reparto de los bienes de la herencia. Para ello deberá plegarse a lo dispuesto en el testamento, cuidando de aplicar las normas civiles que correspondan y atendiendo a la valoración económica de los bienes que los peritos designados hayan realizado. Esta repartición de la herencia deberá asentarse en el cuaderno particional.
    5. Fase de impugnación del cuaderno particional.Si alguno de los herederos no estuviera conforme con lo contenido en el cuaderno particional, podrá realizar una impugnación del mismo mediante juicio verbal. Una vez resueltas las impugnaciones, o en caso que no las hubiera, se repartirá la herencia judicialmente con una sentencia firme. Sin embargo, como el procedimiento no tiene efectos de cosa juzgada, podrá iniciarse un nuevo procedimiento judicial en cualquier momento, si alguno de los herederos encontrase causa para ello. Por ejemplo, si se descubre que un determinado bien debía formar parte de la herencia y no fue incluido, podrá interponerse un nuevo procedimiento judicial que lo incluya.

    Ahora que ya conoces las fases del procedimiento para repartir la herencia judicialmente, los factores que condicionan sus costes y las causas más comunes para este tipo de actuaciones, podrás decidir si te conviene optar por esta vía o agotar las posibilidades de llegar a un acuerdo. Si eliges la resolución judicial de un testamento es de suma importancia que te asegures de contar con un abogado o despacho de abogados actuante de gran cualificación, pues es un proceso donde la habilidad de negociación y la técnica procesal serán claves para lograr una sentencia favorable.

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