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  • Abogados Matrimonialistas Santa Eugenia

  • Los Abogados matrimonialistas Santa Eugenia son profesionales del derecho que resultan imprescindibles para muchas situaciones, entre ellas, los divorcios o las separaciones del matrimonio, ya que este tipo de proceso legal solo procede cuando se toman en cuenta las normativas y leyes estipuladas que rigen el derecho matrimonial y familiar.

    Si desconoces las leyes y estatutos del derecho familiar y matrimonial te invitamos a que solicites la asesoría de nuestros abogados expertos en el ámbito matrimonialista, ya que nuestros profesionales están preparados para ayudarte a gestionar trámites como la liquidación de gananciales, los divorcios, tutelaje de menores, sanciones por incumplimiento del pago de la pensión de alimentos, etc.

    Capitulaciones matrimoniales

    No es necesario realizar las capitulaciones matrimoniales antes de la celebración de la ceremonia matrimonial, ya que es posible establecer estos acuerdos y convenios posteriores a la celebración del matrimonio según lo establecido en la ley. Para las capitulaciones que se redactan y presentan ante el registro civil antes de la ceremonia nupcial, es necesario tener en cuenta que dichas capitulaciones solo tendrán un año de validez legal, si durante este periodo no se celebra el matrimonio las capitulaciones se anularan automáticamente.

    Liquidación de Gananciales

    Con las capitulaciones se logra establecer el modelo de régimen económico en el cual se basará el matrimonio, principalmente estos modelos de régimen pueden ser de tipo separación de gananciales o de tipo ganancial y la liquidación de la sociedad de ganancial dependerá del tipo de régimen. Para el modelo de separación de gananciales cada individuo integrante del matrimonio es dueño absoluto de lo producido o adquirido, por lo tanto, durante la liquidación en el divorcio se le adjudicara a cada persona los bienes que este haya producido o comprado.

    En contraparte, el régimen económico de tipo ganancial establece que las dos personas de la unión matrimonial son dueños igualitarios de todos los bienes que se produzcan independientemente de quien lo haya producidos, por ello, durante la separación la liquidación de sociedad de gananciales repartirá los bienes generados en el matrimonio en partes iguales.

    Divorcios de mutuo acuerdo

    La experiencia que poseen nuestros abogados en las separaciones y divorcios es muy amplia, ya que nuestro despacho lleva una gran cantidad de años asesorando a las personas de esta localidad para poder afrontar de la mejor forma posible los divorcios y la conclusión de una unión matrimonial. En nuestra vasta experiencia hemos determinado que los divorcios de mutuo acuerdo no solo son la mejor forma de separación desde el ámbito emocional sino también desde el punto de vista económico, por lo que nuestros especialistas te recomiendan dicha modalidad de separación.

    Divorcio contencioso

    Cuando por diversos motivos resulta imposible llevar a cabo una separación bajo mutuo acuerdo, el proceso se denominará divorcio contencioso y en este contexto es necesario de forma imperativa los servicios de los abogados matrimonialistas como los que te ofrece nuestra compañía ya que en caso de existir conflictos de gran magnitud entre la pareja será necesario aplicar recursos legales como las medidas especiales para proteger la integridad de nuestros clientes.

    Modificación de las medidas paternas filiales

    Luego de que se ha acordado el divorcio, el próximo convenio al que debe llegar la pareja en separación son el establecimiento de las medidas necesarias en caso de existir descendientes de la unión matrimonial, tales como definir la custodia de los menores, la pensión de alimentos, el uso de la vivienda o residencia familiar, el horario y régimen de visitas, entre otras medidas.

    Estas medidas si bien quedan definidas una vez se acuerdan las condiciones del divorcio, pueden ser renovadas, actualizadas o cambiadas si se presentan las siguientes circunstancias:

    • Si se incrementan o aumentan la cantidad monetaria ganada por el progenitor no custodio.
    • En los casos en los cuales los hijos o descendientes necesiten mayores cantidades de dinero para sus necesidades básicas, salud y educación.
    • En los casos en los que se determine un incumplimiento de la convivencia con los hijos.
    • Cuando cambie el contexto económico del progenitor custodio.

    Abandono familiar y abandono del hogar

    Se ha generado mucha incertidumbre con respecto a dos términos muy empleado en el derecho matrimonial y familiar, el abandono familiar y el abandono del hogar. Para muchas personas estas dos definiciones son sinónimos, sin embargo, para el código penal son conceptos muy diferentes. Inicialmente debemos aclarar que el abandono del hogar no representa un delito para el código penal, por el contrario, el abandono del hogar es una infracción concebida por el código penal para la cual se ha establecido una pena de cuatro años de prisión.

    Se establece que el abandono familiar es aquel delito en el cual uno de los progenitores incumple con los convenios y medidas establecidas, por lo tanto, el código penal actúa ante dicha infracción ejerciendo la penalidad previamente descrita, a diferencia del abandono del hogar.

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