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	<title>Herencias - Abogados Vallecas</title>
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	<description>Abogados en Vallecas les ofrecen servicios de Derecho Fiscal y Derecho Penal para usted en el Ensanche de Vallecas.</description>
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		<title>¿Que es la plusvalia en herencias?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 12 Oct 2022 12:14:48 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/que-es-la-plusvalia-en-herencias.htm'>¿Que es la plusvalia en herencias?</a></h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/que-es-la-plusvalia-en-herencias.htm'><img src='https://www.abogadoslagavia.es/wp-content/uploads/2020/05/money-2991837_640-1.jpg?quality=100.3021072110190' style='width:200px; display: block; float: left; padding-right: 10px; padding-bottom: 5px;' /></a>Las personas que se encuentran realizando todos los trámites y gestiones que implica aceptar una herencia o efectuar la donación de un inmueble a un familiar o primogénito, deben conocer que los conocidos gravámenes por sucesión o donación no son los únicos impuestos existentes, puesto que a dichos impuestos que se encuentran relacionados a los […] The post ¿Que es la plusvalia en herencias? first appeared on Abogados Vallecas.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/que-es-la-plusvalia-en-herencias.htm'>¿Que es la plusvalia en herencias?</a></h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/que-es-la-plusvalia-en-herencias.htm'><img src='https://www.abogadoslagavia.es/wp-content/uploads/2020/05/money-2991837_640-1.jpg?quality=100.3021072110190' style='width:200px; display: block; float: left; padding-right: 10px; padding-bottom: 5px;' /></a><p>Las personas que se encuentran realizando todos los trámites y gestiones que implica aceptar una herencia o efectuar la donación de un inmueble a un familiar o primogénito, deben conocer que los conocidos gravámenes por sucesión o donación no son los únicos impuestos existentes, puesto que a dichos impuestos que se encuentran relacionados a los modelos 651 y 650 debe añadírsele el famoso impuesto de la plusvalía municipal, y si aún no sabes que este gravamen te invitamos a que continúes leyendo los siguientes párrafos.</p>



<p>La plusvalía municipal es un impuesto que deriva del aumento del valor de un bien inmobiliario por la naturaleza urbana local en los recientes veinte años. Este gravamen ha sido conocido históricamente como el impuesto trampa, ya que al desconocer el mismo suele parecer atractivo la tramitación de una herencia teniendo en cuenta solo el pago de impuestos por sucesiones, sin embargo, cuando los herederos descubren dicho impuesto se torna complicado el tema de los impuestos y tramites.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Quién debe pagar la plusvalía de la herencia?</strong></h3>



<p>El heredero de los bienes inmobiliarios es el encargado de asumir el pago de la plusvalía municipal. De igual forma, el heredero ha de tener en cuenta una de las consideraciones que atribuye la ley a la venta del inmueble, ya que en caso de que se realice dicha transacción el heredero está obligado a pagar 2 veces la plusvalía municipal.</p>



<p>En el caso de co-herederos o co-titulares, se debe tener en cuenta que la liquidación del impuesto en cuestión puede ser realizado por la cantidad total de transmisión, por un individuo o por herencia.</p>



<p><strong>¿Cuándo se debe pagar la plusvalía?</strong></p>



<p>En el contexto de transmisión de bienes inmobiliarios por herencia, las leyes han determinado un plazo de 6 meses para que se pague la plusvalía pudiendo dicho periodo ser prorrogable en caso de necesitar un plazo mayor. La fecha en la que comienza dicho plazo es el momento en que se produzca la transmisión del inmueble, por ende, será desde el preciso momento en que se produzca el fallecimiento y la aceptación de los bienes heredados.</p>



<p>Este plazo para pagar la plusvalía se tiene en cuenta no solo para las liquidaciones de impuestos sino también para las autoliquidaciones. Debe considerarse actualmente el mes agosto como un periodo de tiempo hábil para realizar las liquidaciones, siendo dicho mes computable a efectos de pago de gravámenes.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Se puede solicitar una prórroga para el pago de la plusvalía?</strong></h3>



<p>Como ya se mencionó, las personas que heredan inmuebles tienen un plazo establecido de 6 meses para efectuar el pago correspondiente a plusvalía municipal, sin embargo, se puede solicitar una prórroga para dicho pago. Para ello debe recurrirse al órgano establecido por el Ayuntamiento para la liquidación de impuestos.</p>



<p>Esta solicitud se puede ejecutar a través del internet utilizando el formulario diseñado por el órgano anteriormente descrito. No obstante, también puede ser solicitad ala prorroga de forma presencial. Independientemente de la forma en que la se haga la solicitud es imperativo contar con el documento de identificación del bien inmobiliario, DNI y el documento que certifica la muerte del testador. La prorrogar a obtener puede ser de uno a dos años, incluso en casos excepcionales se han logrado prorrogas de hasta cinco años.</p><p>The post <a href="https://www.abogadoslagavia.es/que-es-la-plusvalia-en-herencias.htm">¿Que es la plusvalia en herencias?</a> first appeared on <a href="https://www.abogadoslagavia.es">Abogados Vallecas</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>Pensión de viudedad en parejas de hecho</title>
		<link>https://www.abogadoslagavia.es/pension-de-viudedad-en-parejas-de-hecho.htm</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 30 Jul 2022 12:14:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asesoria]]></category>
		<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Herencias]]></category>
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					<description><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/pension-de-viudedad-en-parejas-de-hecho.htm'>Pensión de viudedad en parejas de hecho</a></h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/pension-de-viudedad-en-parejas-de-hecho.htm'><img src='https://www.abogadoslagavia.es/wp-content/uploads/2020/05/segunda-oportunidad-calculadora-1.jpg?quality=100.3021072110190' style='width:200px; display: block; float: left; padding-right: 10px; padding-bottom: 5px;' /></a>No cabe duda que en las leyes actuales existen diferentes notables en lo que respecta a los derechos que derivan de la relación entre dos individuos, ya que no son los mismos derechos los que suponen un matrimonio a los que suponen el estado de pareja de hecho, principalmente en lo que respecta a las […] The post Pensión de viudedad en parejas de hecho first appeared on Abogados Vallecas.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/pension-de-viudedad-en-parejas-de-hecho.htm'>Pensión de viudedad en parejas de hecho</a></h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/pension-de-viudedad-en-parejas-de-hecho.htm'><img src='https://www.abogadoslagavia.es/wp-content/uploads/2020/05/segunda-oportunidad-calculadora-1.jpg?quality=100.3021072110190' style='width:200px; display: block; float: left; padding-right: 10px; padding-bottom: 5px;' /></a><p>No cabe duda que en las leyes actuales existen diferentes notables en lo que respecta a los derechos que derivan de la relación entre dos individuos, ya que no son los mismos derechos los que suponen un matrimonio a los que suponen el estado de pareja de hecho, principalmente en lo que respecta a las pensiones de viudedad.</p>



<p>En el ámbito estatal es necesario tener en cuenta que existe un vacío legal evidente en lo que respecta a regulaciones para la denominada pareja de hecho. Al no existir regulaciones para esta figura, cada una de las Comunidades Autónomas del país establecen sus legislaciones particulares sobre este tema, existiendo una serie de criterios comunes con respecto a las pensiones de viudedad que fueron establecidos en el 2014, año en el que el Tribunal integro las doctrinas sobre esta figura para prevenir las discrepancias entre las personas que integran las diversas comunidades de España.</p>



<p>En la llamada Ley General para la Seguridad Social se encuentra el articulo número 221 que brinda sustento legal al derecho que poseen la pareja de hecho de recibir la correspondiente pensión por viudedad. Se establece en la legislación anteriormente mencionada que es necesario que la pareja se encuentre inscrita en el denominado Registro de las Uniones de Hecho teniendo como mínimo un periodo de 5 años de convivencia inmediatamente anteriores al fallecimiento, o constar en escritura pública por lo menos 2 años antes de que se produzca el fallecimiento.</p>



<p>Los anteriormente mencionados son los requisitos formales que se exigen para que una pareja de hecho pueda exigir legalmente la pensión por viudedad, sin embargo, a esto debe añadirse otros requerimientos económicos como lo son:</p>



<ul>
<li>El superviviente debe acreditar la insuficiencia de los ingresos obtenidos en 1 año natural previo para alcanzar el 50% de los que obtuviera el fallecido en dicho periodo más los propios. Este requisito se reduce a menos del 25% cuando no existen hijos comunes en la pareja de hecho.</li>



<li>De igual forma, se puede obtener la pensión en cuestión cuando el total de ingresos generados por el superviviente sean 1,5 veces inferiores al valor del salario mínimo vigente de interprofesionales para la fecha en la que se produce el fallecimiento. Este límite recibe un incremento de 0,5 veces para cada uno de los hijos en común que tienen derecho a pensión por orfandad y que convivan con el superviviente.</li>
</ul>



<p>Los trámites para obtener la pensión por viudedad son los mismos tanto para la pareja de hecho, como para una pareja unida por matrimonio. De esta manera se entiende que deberá tenerse en cuenta un periodo de 3 meses posteriores al fallecimiento para realizar la solicitud formal por este derecho ante la Seguridad Social.</p><p>The post <a href="https://www.abogadoslagavia.es/pension-de-viudedad-en-parejas-de-hecho.htm">Pensión de viudedad en parejas de hecho</a> first appeared on <a href="https://www.abogadoslagavia.es">Abogados Vallecas</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>Testamento en riesgo de muerte</title>
		<link>https://www.abogadoslagavia.es/testamento-en-riesgo-de-muerte.htm</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 12 Jul 2022 12:14:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Herencias]]></category>
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					<description><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/testamento-en-riesgo-de-muerte.htm'>Testamento en riesgo de muerte</a></h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/testamento-en-riesgo-de-muerte.htm'><img src='https://www.abogadoslagavia.es/wp-content/uploads/2020/06/juicio.jpg?quality=100.3021072110190' style='width:200px; display: block; float: left; padding-right: 10px; padding-bottom: 5px;' /></a>El muy famoso aforismo español que detalla que solo falta hacer el testamento para morir ha marcado sin lugar a duda la cultura de la sociedad española en lo que respecta a la percepción de los testamentos. Siempre se ha recomendado que las personas no esperen hasta el ocaso de sus vidas para testar y […] The post Testamento en riesgo de muerte first appeared on Abogados Vallecas.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/testamento-en-riesgo-de-muerte.htm'>Testamento en riesgo de muerte</a></h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/testamento-en-riesgo-de-muerte.htm'><img src='https://www.abogadoslagavia.es/wp-content/uploads/2020/06/juicio.jpg?quality=100.3021072110190' style='width:200px; display: block; float: left; padding-right: 10px; padding-bottom: 5px;' /></a><p>El muy famoso aforismo español que detalla que solo falta hacer el testamento para morir ha marcado sin lugar a duda la cultura de la sociedad española en lo que respecta a la percepción de los testamentos. Siempre se ha recomendado que las personas no esperen hasta el ocaso de sus vidas para testar y dictaminar sus últimas voluntades, lamentablemente este consejo nunca es seguido.</p>



<p>Presentamos a continuación un curioso caso que refleja las vicisitudes de tener que realizar el testamento en las últimas horas de vida. Desde problemas para encontrar un Notario disponible que redacte el testamento hasta la incapacidad del testador de lograr ordenar sus ideas y pensamientos con respecto a sus últimas voluntades debido al delicado contexto en el que se encuentra.</p>



<p>Este es el caso de un individuo que acude a los servicios de un Notario para llevar a cabo la protocolización del testamento de su cuñada. Al contactar con el Notario le explica que el procedimiento a realizar debería ser sencillo puesto que ya el testamento ha sido redactado por el médico que la atendió en el hospital. Esto es sin lugar a duda un error ya que redactar un documento de últimas voluntades requiere conocimiento y experiencia jurídica, por ello debe ser realizado por Notarios y no por otros profesionales no relacionados con el derecho.</p>



<p>El cliente alegaba al Notario que el testamento en cuestión era el ológrafo de su cuñada, sin embargo, el profesional reprocho dicha afirmación ya que solo se considera ológrafo los testamentos escritos a mano por el testador. Ante dicha respuesta, el individuo preocupado expreso que su hermano no contrajo nupcias con su cuñada, por ende, su patrimonio correspondería a sus hermanos, e incluso estos estaban de acuerdo con lo establecido en el testamento.</p>



<p>Ante dicha explicación el Notario recordó una de las normativas claves del Código Civil para resolver este inconveniente con precisión. En dicho Código se ofrece la posibilidad de que se realice un testamento sin contar con la presencia de un Notario ante un mínimo de 5 testigos, solo cuando el testador se encuentra en peligro inminente de muerte.</p>



<p>Una vez recordado este recurso del Código Civil, el Notario procedió a solicitar que el individuo le contara como se produjeron los hechos que conllevaron a la muerte de su cuñada para verificar que el testamento se redactó en un contexto de riesgo inminente de muerte.</p>



<p>Efectivamente la cuñada en cuestión debía someterse a una cirugía por su delicado estado de salud en la que existía altas posibilidades de fallecer, por ello, antes de ingresar al acto quirúrgico solicito a un Notario para formalizar sus últimas voluntades, sin embargo, esta situación estaba aconteciendo en un fin de semana a medianoche y dado al carácter de urgencia de la situación médica no se podía esperar a un Notario disponible, por ello, uno de los médicos que poseía cierto conocimiento en leyes reunió cinco testigos,  los cuales luego de redactado el documento firmaron el mismo junto a la testadora.</p>



<p>Aunque evidentemente poseía ciertos errores jurídicos el testamento en cuestión, en realidad era totalmente valido bajo el contexto de riesgo inminente de muerte, por lo que el Notario accedió a protocolizar el mismo, un servicio que posee un coste de aproximadamente doscientos euros, a diferencia de los cuarenta euros que cuesta el testamento notarial, por lo que incluso desde el punto de vista económico, es más recomendable crear un testamento con antelación y no esperar hasta nuestras ultimas horas de vida.</p><p>The post <a href="https://www.abogadoslagavia.es/testamento-en-riesgo-de-muerte.htm">Testamento en riesgo de muerte</a> first appeared on <a href="https://www.abogadoslagavia.es">Abogados Vallecas</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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		<item>
		<title>Maltrato y desapego, diferencias</title>
		<link>https://www.abogadoslagavia.es/maltrato-y-desapego-diferencias.htm</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Jun 2022 10:52:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Herencias]]></category>
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					<description><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/maltrato-y-desapego-diferencias.htm'>Maltrato y desapego, diferencias</a></h1>En lo que respecta al delicado tema de la desheredación, siempre ha surgido el debate sobre si el desapego y el maltrato son sinónimos de un mismo argumento para desheredar a cierto hijo. Aunque existen muchas sentencias en las cuales a partir del maltrato se ha logrado efectivamente privar de una herencia a un primogénito, […] The post Maltrato y desapego, diferencias first appeared on Abogados Vallecas.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/maltrato-y-desapego-diferencias.htm'>Maltrato y desapego, diferencias</a></h1><p>En lo que respecta al delicado tema de la desheredación, siempre ha surgido el debate sobre si el desapego y el maltrato son sinónimos de un mismo argumento para desheredar a cierto hijo. Aunque existen muchas sentencias en las cuales a partir del maltrato se ha logrado efectivamente privar de una herencia a un primogénito, es necesario conocer las diferencias que existen entre estos dos términos a nivel legal.</p>



<p>Primeramente, debemos definir el desapego como la ausencia del contacto regular y frecuente, así como también del vínculo afectivo que debería haber entre dos familiares, de esta manera se considera una actitud pasiva. Por su parte, el maltrato representa una actitud activa en la que verbal o físicamente se le ocasiona un daño emocional o físico a otro individuo.</p>



<p>Existe sin lugar a duda un delgado límite entre el desapego y el maltrato, no obstante, no cabe duda que ambos generan daños por igual a los familiares. En muchas ocasiones la acción de desheredar a un hijo por desapego son los últimos intentos de padres frustrados, tristes, en el ocaso de sus vidas, por querer volver a ver a sus primogénitos, aunque sea en un juzgado impugnando dicha desheredación. Las historias sobre este tipo de situación son interminables, solo basta con acudir a los centros donde se les brindan cuidados especiales a padres de avanzada edad para ver como a pesar de tener un amplio patrimonio, carecen del calor del ansiado calor de sus hijos.</p>



<p>Los notarios habitualmente presencian este tipo de problemas, y es evidente que los padres, más que una intención verídica de querer desheredar a sus hijos, lo que intentan es desahogarse de su aflicción emocional, de la ausencia de sus primogénitos. El problema legal con el desapego es la incapacidad de cuantificar y comprobar realmente el mismo, todos estos inconvenientes emocionales como el desamor, el abandono y el olvido no logran compaginarse con una ley tan fría y estricta como la que regula el comportamiento de la civilización.</p>



<p>Lamentablemente las leyes toman en cuenta los vínculos afectivos, y esto se ve reflejado en las legítimas, ya que el derecho sucesorio de los bienes y el patrimonio de un fallecido siempre han priorizado a los lazos consanguíneos antes que los lazos afectivos, por ello vemos prioridad en los ascendientes y descendientes de un fallecido en lo que respecta a legitimas por encima del conyugue o las parejas, las cuales muchas veces mantienen lazos emocionales mucho más fuertes.</p>



<p>La ley solo admite como causa procedente para desheredar un hijo la denuncia pertinente por maltrato, sin embargo, no existe ninguna forma de alegar desapego o ausencia de vínculo emocional, y ante la ausencia de un recurso que permita desheredar por dicha causa seguirán ocurrido los muy frecuentes casos de padres quienes fallecen con un gran dolor moral y emocional por la ausencia de sus hijos y la impotencia de no poder destinar su herencia a la persona que lo acompaño durante sus últimos días, con quien quizás tenía un vínculo afectivo mucho más grande que con sus primogénitos.</p>



<p>En conclusión, si bien resulta prácticamente imposible que las leyes comiencen a aceptar el desapego como un argumento o causa valida de desheredación dado a las dificultades inherentes de probar dicho argumento, es evidente la necesidad que existe de otorgarle a todos los individuos la capacidad de decidir totalmente sobre su patrimonio, para que de esta manera puedan seleccionar adecuadamente a quien quieren favorecer con su herencia.</p><p>The post <a href="https://www.abogadoslagavia.es/maltrato-y-desapego-diferencias.htm">Maltrato y desapego, diferencias</a> first appeared on <a href="https://www.abogadoslagavia.es">Abogados Vallecas</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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		<item>
		<title>¿Renunciar a una herencia afecta a mis hijos?</title>
		<link>https://www.abogadoslagavia.es/renunciar-a-una-herencia-afecta-a-mis-hijos.htm</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 09 Jun 2022 12:09:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Herencias]]></category>
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					<description><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/renunciar-a-una-herencia-afecta-a-mis-hijos.htm'>¿Renunciar a una herencia afecta a mis hijos?</a></h1>En los últimos años la renuncia a las herencias se ha vuelto cada vez más común, algo que en el pasado resultaba difícil de creer. Esto se ha debido a una gran cantidad de factores tales como las nuevas normativas fiscales, la delicada crisis económica y la accesibilidad más amplia a préstamos e hipotecas que […] The post ¿Renunciar a una herencia afecta a mis hijos? first appeared on Abogados Vallecas.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/renunciar-a-una-herencia-afecta-a-mis-hijos.htm'>¿Renunciar a una herencia afecta a mis hijos?</a></h1><p>En los últimos años la renuncia a las herencias se ha vuelto cada vez más común, algo que en el pasado resultaba difícil de creer. Esto se ha debido a una gran cantidad de factores tales como las nuevas normativas fiscales, la delicada crisis económica y la accesibilidad más amplia a préstamos e hipotecas que ha provocado que mucho de los difuntos tengan una mayor cantidad de deudas y problema que bienes en su patrimonio hereditario.</p>



<p>Aunque se han vuelto muy común el rechazo de herencia, muy pocas personas conocen como dicha accione puede llegar a afectar a sus primogénitos. Parece lógico pensar que solo es posible renunciar a las herencias de una persona que ha fallecido, sin embargo, no resulta extraño para los notarios que acudan a sus despachos primogénitos alegando querer renunciar por anticipado al patrimonio inmobiliario de sus progenitores aun cuando estos se encuentran vivos.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Puedo renunciar anticipadamente al patrimonio hereditario de mis progenitores vivos?</strong></h3>



<p>Los notarios tienen la respuesta precisa y concreta con respecto a la posibilidad de renunciar a la herencia de una persona viva, ya que en estos casos siempre se cita al conocido articulo número 991 del Código Civil el cual expresa lo siguiente:</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p><strong><em>Art. 991: “Nadie podrá aceptar ni repudiar sin estar cierto de la muerte de la persona a quien haya de heredar y de su derecho a la herencia”</em></strong></p>
</blockquote>



<p>La razón por las que algunos padres quieren que los progenitores rechacen anticipadamente la herencia puede ser desde el deseo de favorecer a uno de los hijos que merece especial protección o impedir que los acreedores de sus deudas atenten contra sus primogénitos.</p>



<p>Sin embargo, estos problemas que se han planteado tienen una solución diferente a la de rechazar anticipadamente la herencia, que como ya describimos, legalmente es imposible. Si uno de los primogénitos requiere especial protección y por ende merece ser favorecido con la herencia se puede optar por las mejoras, un recurso legal en las herencias que permite proteger patrimonios específicos que serán destinados al hijo en cuestión.</p>



<p>Si lo que necesitamos es proteger a las deudas y de los acreedores, se torna complicado el tema, ya que una de las opciones es otorgarle la denominada legitima estricta u optar por la desheredación. Ahora bien, los acreedores al verse afectados por el repudio del heredero al patrimonio hereditario pueden apegarse al Código Civil, especialmente el articulo número 1001 que describe lo siguiente:</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p><strong><em>Art. 1001: “Si el heredero repudia la herencia en perjuicio de sus propios acreedores, podrán éstos pedir al Juez que los autorice para aceptarla en nombre de aquél. La aceptación sólo aprovechará a los acreedores en cuanto baste a cubrir el importe de sus créditos. El exceso, si los hubiere, no pertenecerá en ningún caso al renunciante, sino que se adjudicará a las personas a quienes corresponda según las reglas establecidas en este Código”.</em></strong></p>
</blockquote>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué sucede con mis primogénitos si renuncio a la herencia de mis progenitores que fallecieron sin testamento?</strong></h3>



<p>En este sentido los hijos no tienen derecho a sucesión de la herencia de sus abuelos, por lo tanto, no tienen que hacer nada, ni aceptar ni renunciar. Ante una renuncia de un patrimonio hereditario inmediatamente queda nulo el derecho de la representación como lo menciona el Código Civil en los siguientes 3 artículos:</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p><strong><em>Art. 929: “No podrá representarse a una persona viva sino en los casos de desheredación o incapacidad”</em></strong></p>



<p><strong><em>Art. 928: “No se pierde el derecho de representar a una persona por haber renunciado su herencia”</em></strong></p>



<p><strong><em>Art. 924: “Llámese derecho de representación el que tienen los parientes de una persona para sucederle en todos los derechos que tendría si viviera o hubiera podido heredar”</em></strong></p>
</blockquote>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué sucede con mis primogénitos si renuncio a la herencia de mis progenitores que fallecieron con testamento?</strong></h3>



<p>En este caso todo dependerá de lo que contenido en el testamento. Es frecuente que el testador añada un heredero suplente o sustituto en caso de que los herederos elegidos no acepten la herencia. El heredero sustituto será el favorecido con la herencia en tres circunstancias particulares. La primera de ellas es cuando el heredero principal fallece antes que el testador, la segunda es cuando el heredero principal renuncia al patrimonio hereditario y la tercer es cuando dicho heredero está legalmente incapacitado de adjudicarse la herencia.</p>



<p>Cuando el testador nombra como sus herederos principales y como sustituto sus nietos, esta sustitución aplicaría para las tres circunstancias anteriormente mencionadas, lo que supondría que ante la renuncia del heredero sus hijos también deberían renunciar a la herencia, y si estos son menores tendrán que obtener una autorización judicial para renunciar, por esta razón, se recomienda que solo se añadan a los nietos como sustitutos de los herederos en el contexto de premoriencia, es decir, en la circunstancia en la que el heredero principal fallece antes que el testador.</p><p>The post <a href="https://www.abogadoslagavia.es/renunciar-a-una-herencia-afecta-a-mis-hijos.htm">¿Renunciar a una herencia afecta a mis hijos?</a> first appeared on <a href="https://www.abogadoslagavia.es">Abogados Vallecas</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>¿Qué pasa con mi pareja si muero y no estoy casado?</title>
		<link>https://www.abogadoslagavia.es/que-pasa-con-mi-pareja-si-muero-y-no-estoy-casado.htm</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 May 2022 10:52:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asesoria]]></category>
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		<category><![CDATA[Herencias]]></category>
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					<description><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/que-pasa-con-mi-pareja-si-muero-y-no-estoy-casado.htm'>¿Qué pasa con mi pareja si muero y no estoy casado?</a></h1>Aunque reiterativamente se sentencia de que no es igual una pareja que una esposa, esta duda continúa siendo una de las preguntas más frecuentes que se les realiza a los profesionales del derecho y los notarios, los cuales responden una y otra vez: No. A efectos legales, la pareja y la esposa o esposo son […] The post ¿Qué pasa con mi pareja si muero y no estoy casado? first appeared on Abogados Vallecas.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/que-pasa-con-mi-pareja-si-muero-y-no-estoy-casado.htm'>¿Qué pasa con mi pareja si muero y no estoy casado?</a></h1><p>Aunque reiterativamente se sentencia de que no es igual una pareja que una esposa, esta duda continúa siendo una de las preguntas más frecuentes que se les realiza a los profesionales del derecho y los notarios, los cuales responden una y otra vez: No. A efectos legales, la pareja y la esposa o esposo son dos figuras totalmente distintas.</p>



<p>Aunque emocional y sentimentalmente pueden parecer dos roles semejantes y por ende sería justo que tuvieran las mismas implicaciones legales, la ley es clara. En el artículo número 807 del Código Civil se establece que el cónyuge es heredero, sin embargo, dichos derechos no se le otorgan a la pareja con la no se hayan contraído nupcias.</p>



<p>De esta forma, en la eventualmente muerte de uno de los miembros de una parecía legalmente no casada, el otro miembro queda totalmente desprotegido ante los potenciales herederos tales como hijos o padres del fallecido, quienes pueden optar por no ceder nada de la herencia del fenecido si lo desean o si poseen problemas con la pareja.</p>



<p>Es habitual que posterior a un divorcio, muchos deciden rehacer sus vidas, pero sin comprometerse con otro vínculo matrimonial debido a los traumas de la ruptura. De esta manera se puede presentar el común caso de una pareja no unida por vínculo matrimonial en la cual uno posea hijos legítimos de su anterior relación, y en caso de que este fallezca la herencia correspondería a sus primogénitos y no a su actual pareja.</p>



<p>Lo anteriormente citado no significa que la única solución sea el matrimonio, sin embargo, es preciso tener lo anteriormente expuesto en cuenta cuando se comienza a vivir con una persona, la ley no le otorgara derecho a la misma en lo que respecta a herencia en caso de que se presente el deceso de la pareja.</p>



<p>Aunque esto en teoría es injusto, sobre todo para las parejas que llevan mucho tiempo conviviendo, esto es lo que expresan las leyes vigentes. En estos casos los notarios y los abogados no pueden hacer nada al respecto, la única solución para este tema seria que el Congreso apruebe el derecho de legitimario a las parejas no matrimoniales.</p>



<p>Existe la posibilidad de realizar un testamento en el que se incluya a la pareja, no obstante, es preciso recordar que en caso de poseer hijos que independientemente de lo que se estipule en el testamento, los hijos del fallecido tienen derecho a 2/3 partes de todos los bienes según el Código Civil en su artículo número 808. En caso de no existir primogénitos, ½ de toda la herencia y sus bienes corresponden a los padres independientemente de lo estipulado en el testamento.</p>



<p>La persona que fallece sin testamento, la ley se encargara otorgar tu herencia a los llamados herederos intestados y a las legítimas, por lo que la pareja con la que no se contrajo matrimonio quedaría totalmente desprovista de cualquier derecho a la herencia. Por este motivo, lo recomendable es hacer un testamento e incluir a la pareja en el mismo.</p><p>The post <a href="https://www.abogadoslagavia.es/que-pasa-con-mi-pareja-si-muero-y-no-estoy-casado.htm">¿Qué pasa con mi pareja si muero y no estoy casado?</a> first appeared on <a href="https://www.abogadoslagavia.es">Abogados Vallecas</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>Donaciones de dinero en Madrid</title>
		<link>https://www.abogadoslagavia.es/donaciones-de-dinero-en-madrid.htm</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 23 Mar 2022 10:52:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Herencias]]></category>
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					<description><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/donaciones-de-dinero-en-madrid.htm'>Donaciones de dinero en Madrid</a></h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/donaciones-de-dinero-en-madrid.htm'><img src='https://www.abogadoslagavia.es/wp-content/uploads/2020/05/money-2991837_640-1.jpg?quality=100.3021072110190' style='width:200px; display: block; float: left; padding-right: 10px; padding-bottom: 5px;' /></a>Una donación monetaria consiste en que se entregue una cantidad establecida de dinero a otro individuo con la intención de que este no sea devuelto, lo que significa que dicho dinero es cedido de manera desinteresada. En el territorio español las donaciones se hayan gravadas por el denominado impuesto de donaciones y sucesiones, el cual […] The post Donaciones de dinero en Madrid first appeared on Abogados Vallecas.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/donaciones-de-dinero-en-madrid.htm'>Donaciones de dinero en Madrid</a></h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/donaciones-de-dinero-en-madrid.htm'><img src='https://www.abogadoslagavia.es/wp-content/uploads/2020/05/money-2991837_640-1.jpg?quality=100.3021072110190' style='width:200px; display: block; float: left; padding-right: 10px; padding-bottom: 5px;' /></a><p>Una donación monetaria consiste en que se entregue una cantidad establecida de dinero a otro individuo con la intención de que este no sea devuelto, lo que significa que dicho dinero es cedido de manera desinteresada. En el territorio español las donaciones se hayan gravadas por el denominado impuesto de donaciones y sucesiones, el cual es establecido de forma independiente por cada Comunidad Autónoma.</p>



<p>En las donaciones uno de los factores más determinantes es el parentesco existente entre las partes de la donación. En Madrid, por ejemplo, las donaciones que se realizan entre hijos y padres no poseen valor. Incluso estas operaciones reciben una bonificación del noventa y nueve por ciento, siendo solo el uno por ciento otorgado al control tributario.</p>



<p>Ahora bien, en Madrid una donación debe cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:</p>



<ol>
<li>El acto de donar una cantidad de dinero debe efectuase en un documento público.</li>



<li>Para las donaciones efectuadas como parte de transferencias de fondos de cuentas de ahorro, corriente o en metálico, es necesario que el origen de dichos fondos sea justificado.</li>



<li>De igual forma, en el acta notarial ha de exponerse el propósito de dicha donación, por ejemplo, para la compra de un inmueble.</li>
</ol>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué cantidad mínima es necesaria para que se considere donación?</strong></h3>



<p>Un error muy común es el de pensar que existe un límite establecido de dinero para poder hacer referencia a una donación, sin embargo, las leyes establecen que una donación es todo traspaso monetario independientemente de la cantidad de dicha cesión.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Es considerada donación cuando se presta entres progenitores, hijos o hermanos dinero?</strong></h3>



<p>Las llamadas donaciones encubiertas son aquellas en las que se cede una cantidad de dinero a un hijo en forma de préstamo. Esto se lleva a cabo muchas veces para evitar el pago de los gravámenes por donaciones y sucesiones anteriormente citados, ya que los prestamos están exentos de tales impuestos.</p>



<p>Los prestamos entre familiares o particulares deben ser plasmados en un contrato ante el respectivo Notario, describiendo el importe a prestar, la identificación de los ciudadanos que formaran parte del préstamo y los intereses a aplicar. Se deben cumplir con todos los requisitos legales para efectuar un préstamo, puesto que en el caso de que Hacienda descubra que se trata de una donación y no de un préstamo, se sancionara con las respectivas multas e impuestos pendientes.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Cuáles requisitos han de cumplirse para realizar donaciones en vida?</strong></h3>



<p>Uno de los métodos más empleados para ahorrar dinero en gravámenes, sobre todo cuando existe inestabilidad en la economía familiar, es la de realizar donaciones en vida, de esta manera se pueden ahorrar los gastos que suponen tramitar una herencia. Uno de los requisitos primordiales a cumplir para recibir dicha donación es que el monto que recibirá el primogénito no puede exceder a la cantidad que le correspondería heredar. De igual forma, al igual que todas las donaciones, estas deben ser formalizadas ante un notario mediante el respectivo documento o escritura pública.</p><p>The post <a href="https://www.abogadoslagavia.es/donaciones-de-dinero-en-madrid.htm">Donaciones de dinero en Madrid</a> first appeared on <a href="https://www.abogadoslagavia.es">Abogados Vallecas</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>Diferencia entre un heredero y un legatario</title>
		<link>https://www.abogadoslagavia.es/diferencia-entre-un-heredero-y-un-legatario.htm</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 08 Mar 2022 10:52:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Herencias]]></category>
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					<description><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/diferencia-entre-un-heredero-y-un-legatario.htm'>Diferencia entre un heredero y un legatario</a></h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/diferencia-entre-un-heredero-y-un-legatario.htm'><img src='https://www.abogadoslagavia.es/wp-content/uploads/2020/06/juicio.jpg?quality=100.3021072110190' style='width:200px; display: block; float: left; padding-right: 10px; padding-bottom: 5px;' /></a>Es un error común entre las personas suponer de que legatario y heredero sinónimos que hacen referencia a una misma figura. El problema es que muchos no se detienen un momento a preguntar al Notario cual es la diferencia entre estos 2 conceptos diferentes, por ello, suelen desencadenarse problemas con las herencias y los testamentos […] The post Diferencia entre un heredero y un legatario first appeared on Abogados Vallecas.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/diferencia-entre-un-heredero-y-un-legatario.htm'>Diferencia entre un heredero y un legatario</a></h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/diferencia-entre-un-heredero-y-un-legatario.htm'><img src='https://www.abogadoslagavia.es/wp-content/uploads/2020/06/juicio.jpg?quality=100.3021072110190' style='width:200px; display: block; float: left; padding-right: 10px; padding-bottom: 5px;' /></a><p>Es un error común entre las personas suponer de que legatario y heredero sinónimos que hacen referencia a una misma figura. El problema es que muchos no se detienen un momento a preguntar al Notario cual es la diferencia entre estos 2 conceptos diferentes, por ello, suelen desencadenarse problemas con las herencias y los testamentos derivados de la confusión y la malinterpretación de estos términos.</p>



<p>Cuando una persona fallece esta deja desamparadas un grupo de relaciones y responsabilidades que deben ser asumidas por alguien, y dicho alguien es por supuesto el heredero, el cual es el individuo que ocupara el lugar o posición del causante (en este caso el fallecido). Ahora bien, el heredero no puede ocupar el lugar del fallecido en, por ejemplo, su cuerpo el cual desaparece del ámbito físico, o su relación matrimonial, la cual se disuelve jurídicamente al producirse el deceso.</p>



<p>Aunque muchas personas comprenden las implicaciones morales y jurídicas básicas que supone ser nombrado heredero, muy pocos ciudadanos son capaces de contemplar todo lo que supone dicha figura desde el ámbito económico, dado a que es realmente frecuente que todas las personas relacionen recibir una herencia como algo monetariamente positivo, cuando en realidad puede resultar económicamente perjudicial.</p>



<p>Ciertas herencias que los padres dejan a sus hijos solo resultan totalmente contraproducentes para dichos descendientes, sobre todo en la época moderna en la que vivimos donde los préstamos hipotecarios se han convertido en la norma. De esta forma un padre puede heredar a sus primogénitos un inmueble, pero además la hipoteca del mismo que tiene un valor incluso dos veces más elevado que el precio real de la vivienda.</p>



<p>Ante una herencia que supone obligaciones económicas muy superiores de las que los descendientes están dispuestos a asumir, muchas veces se debe optar por la renuncia formal de la herencia. De esta manera entendemos que siempre existe la figura del heredero, acepte o rechace este la herencia o exista o no testamento.</p>



<p>Por su parte, el legatario es una figura que solo aparece en el contexto de una herencia que posea testamento, y como ya sabemos, en muchas herencias no se conciben testamentos. De esta forma encontramos la primera diferencia entre los dos conceptos en cuestión, ya que el legatario puede o no existir. El legatario es por ende una figura que no sucederá al fallecido, simplemente será una figura favorecida por algo específico de la herencia.</p>



<p>En el contexto de una herencia repleta de deudas encontramos otra de las diferencias entre herederos y legatarios, ya que, por ejemplo, el heredero está legalmente obligado a responder por las deudas de la herencia incluso con su patrimonio propio si los bienes del difunto no resultan suficientes para saldar la cantidad adeudada. Mientras que, por su parte, el legatario no tiene dicha obligación, aunque podrá verse afectado por las mismas si dichas deudas superan el valor total de los bienes de la herencia, ya que en este caso no recibiría su parte.</p>



<p>Si bien tanto el heredero como el legatario pueden ser elegidos por la voluntad del fallecido, es preciso mencionar otra diferencia, la cual es que si bien el legatario depende exclusivamente de la voluntad del fallecido ya que sin ella no existe legatario, el heredero por su parte existirá incluso si no es elegido por la voluntad del fenecido ya que en este caso se determinara conforme a lo establecido en las leyes bajo el concepto de heredero forzoso. Lo explicado anteriormente evidencia que dichas figuras son totalmente distintas, teniendo la única semejanza de que ambas son favorecidas por una herencia en particular.</p><p>The post <a href="https://www.abogadoslagavia.es/diferencia-entre-un-heredero-y-un-legatario.htm">Diferencia entre un heredero y un legatario</a> first appeared on <a href="https://www.abogadoslagavia.es">Abogados Vallecas</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>Desheredar a un hijo por ser drogadicto</title>
		<link>https://www.abogadoslagavia.es/desheredar-a-un-hijo-por-ser-drogadicto.htm</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 03 Feb 2022 10:52:54 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Herencias]]></category>
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					<description><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/desheredar-a-un-hijo-por-ser-drogadicto.htm'>Desheredar a un hijo por ser drogadicto</a></h1>Aunque no lo parezca, se ha vuelto muy común que a los despachos acudan padres preocupados por el estilo de vida de sus hijos, principalmente relacionadas a la drogadicción y el uso de estupefacientes. Estos alegan el deseo de desheredar a dichos hijos por temor a como estos utilizaran el patrimonio familiar bajo los efectos […] The post Desheredar a un hijo por ser drogadicto first appeared on Abogados Vallecas.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/desheredar-a-un-hijo-por-ser-drogadicto.htm'>Desheredar a un hijo por ser drogadicto</a></h1><p>Aunque no lo parezca, se ha vuelto muy común que a los despachos acudan padres preocupados por el estilo de vida de sus hijos, principalmente relacionadas a la drogadicción y el uso de estupefacientes. Estos alegan el deseo de desheredar a dichos hijos por temor a como estos utilizaran el patrimonio familiar bajo los efectos de las sustancias psicotrópicas y estupefacientes.</p>



<p>Sin embargo, desheredar a un primogénito por drogadicción no es un argumento legalmente valido ya que las leyes no contemplan algún tipo de clausula con respecto a este tema.</p>



<p>El consumo de algún tipo de sustancias psicotrópica es una decisión totalmente personal y se debe evitar la generalización de las personas que hacen uso recreativo o terapéutico de ciertas drogas, ya que no todas pueden ser concebidas como drogadictos.</p>



<p>No es posible desheredar a un primogénito por una cualidad particular de su comportamiento o personalidad, en este caso consumir una droga. Esta aseveración se extiende para diferentes situaciones en la que ciertos padres, no conforme con alguna característica de sus hijos los pretenden desheredar, ya sea por su tendencia sexual, religiosa o por su afición por cierto tipo de práctica o deporte.</p>



<p><strong>¿Si la conducta de un hijo drogadicto afecta a sus padres, estos lo pueden desheredar?</strong></p>



<p>Un tema complejo y difícil de abordar es cuando el comportamiento de un hijo, influenciado por los psicotrópicos, comienza a afectar directamente a sus padres, ya sea por una actitud agresiva u otro tipo de comportamiento peligroso.</p>



<p>La drogadicción se considera una toxicomanía y hasta mediados del 2005 esta era concebida por el Código Civil como una causa para argumentar el divorcio, sin embargo, desde la reforma del año en cuestión ya no se contemplan las toxicomanías.</p>



<p>Si bien propiamente la drogadicción no es un argumento válido para desheredar, es necesario conocer que si esta adición genera un comportamiento abusivo contra los padres en este caso si cabría la posibilidad de desheredar tal y como lo establece el Código Civil en el artículo número 853.2 en donde se otorga el derecho de desheredar si el hijo maltrata verbal o físicamente a sus padres de forma grave.</p>



<p><strong>¿Cómo se alega el maltrato a los padres?</strong></p>



<p>En este caso será necesario denunciar al potencial heredero que se presente desheredar, esto se puede hacer acudiendo a autoridades como la policía o la guardia para obtener pruebas de la acusación e igualmente son valiosos la evidencia y testimonio de vecinos y allegados a la familia quienes puedan garantizar que efectivamente el hijo drogadicto está incurriendo en maltrato a sus progenitores.</p>



<p><strong>¿Es posible que el hijo drogadicto impune la desheredación?</strong></p>



<p>Dado a que en este tipo de demanda son los potenciales herederos quienes deben probar que la demanda es cierta, resulta fácil para los mismos llevar a cabo la impugnación. No obstante, debemos de tener en cuenta que este tipo de problemas suele presentarse en el seno de una familia con recursos económicos limitados, por lo que resulta difícil que el hijo desheredado logre dicha impugnación ya que debe acudir a juicio con todos los gastos que esto supone.</p>



<p><strong>¿Existe una forma de proteger a los hijos drogadictos luego del fallecimiento de sus padres?</strong></p>



<p>Es posible plantear una clausula especifica que les garantice a los padres que sus hijos que han incurrido en el mundo de la drogadicción puedan sobrevivir a partir de la herencia sin malgastar la misma en dichas adicciones. Esta cláusula se basa en que se le otorgue a dicho hijo solo una cuota monetaria especifica mensual para subsistir, y que solo pueda aumentar la cuota recibida cuando presente un certificado legal y médico que abale su rehabilitación de la adicción que lo aflige.</p><p>The post <a href="https://www.abogadoslagavia.es/desheredar-a-un-hijo-por-ser-drogadicto.htm">Desheredar a un hijo por ser drogadicto</a> first appeared on <a href="https://www.abogadoslagavia.es">Abogados Vallecas</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>¿Cómo saber que bienes y deudas deja un difunto?</title>
		<link>https://www.abogadoslagavia.es/como-saber-que-bienes-y-deudas-deja-un-difunto.htm</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 18 Jan 2022 08:48:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>
		<category><![CDATA[Herencias]]></category>
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					<description><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/como-saber-que-bienes-y-deudas-deja-un-difunto.htm'>¿Cómo saber que bienes y deudas deja un difunto?</a></h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/como-saber-que-bienes-y-deudas-deja-un-difunto.htm'><img src='https://www.abogadoslagavia.es/wp-content/uploads/2020/05/pocket-watch-1637393_640.jpg?quality=100.3021072110190' style='width:200px; display: block; float: left; padding-right: 10px; padding-bottom: 5px;' /></a>Una pregunta recurrente que reciben los expertos en derecho es la de cómo es posible conocer cuál es el patrimonio que ha dejado un fallecido, lo que engloba tanto deudas como los bienes. Es notable que en lo que respecta a este tema, resulta más importante conocer las deudas que los bienes, dado a que […] The post ¿Cómo saber que bienes y deudas deja un difunto? first appeared on Abogados Vallecas.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/como-saber-que-bienes-y-deudas-deja-un-difunto.htm'>¿Cómo saber que bienes y deudas deja un difunto?</a></h1><a target='_blank' href='https://www.abogadoslagavia.es/como-saber-que-bienes-y-deudas-deja-un-difunto.htm'><img src='https://www.abogadoslagavia.es/wp-content/uploads/2020/05/pocket-watch-1637393_640.jpg?quality=100.3021072110190' style='width:200px; display: block; float: left; padding-right: 10px; padding-bottom: 5px;' /></a><p>Una pregunta recurrente que reciben los expertos en derecho es la de cómo es posible conocer cuál es el patrimonio que ha dejado un fallecido, lo que engloba tanto deudas como los bienes. Es notable que en lo que respecta a este tema, resulta más importante conocer las deudas que los bienes, dado a que los herederos son los que deben responder por las deudas del difunto, de esta manera se conocerá si es recomendable aceptar o rechazar la herencia.</p>



<p>Otro aspecto a detallar es que aceptar una herencia no supone adjudicarse todos los bienes de la misma, ya que lo que en realidad se acepta es participar de la repartición de la misma.</p>



<p>El principal problema de no conocer cuál es todo el patrimonio que supone una herencia en particular lo causa el difunto o fenecido, ya que este ha de haber incurrido en ocultar parte de sus deudas o bienes a los herederos. En este contexto, los herederos no tienen la culpa por esta situación, ya que es imposible culparlos de no conocer una información que les han ocultado.</p>



<p>Ahora bien, el heredero no puede simplemente esperar a que le presenten todo el patrimonio del difunto, es necesario que este realice una investigación sobre las activos, pasivos, bienes y deudas que potencialmente puede heredar ya que quien tendrá que responder por los mismos será el heredero.</p>



<p>Algunas personas tienden a culpar al Notario cuando este le presenta todas deudas que supone el patrimonio a heredar, sin embargo, es preciso tener en cuenta que dicho funcionario cumple con el deber de conocer las leyes, no la vida de todos los ciudadanos de la provincia.</p>



<p>El Notario cumple con la tarea de aconsejar al heredero en base a lo establecido en las leyes, por ello, siempre resulta recomendable realizar una exhaustiva investigación sobre el patrimonio de la herencia, ya que, una vez aceptado el patrimonio hereditario, se aceptan todas las deudas, incluso aquellas deudas desconocidas.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Existe alguna forma de conocer todo el patrimonio que supone la herencia?</strong></h3>



<p>Una de las formas en la que podemos conocer cada uno de los bienes inmobiliarios que poseía el difunto es recurriendo al llamado Registro de la Propiedad, en el cual debe estar inscrito cada uno de los inmuebles de los que el fenecido poseía derecho de propiedad. Esto resulta sencillo en la actualidad ya que solo se debe buscar el portal web de dicho registro y utilizando el documento nacional de identidad obtendremos dicha información.</p>



<p>Ahora bien, la inscripción de inmuebles en dicho registro se hace de manera voluntaria, por lo que es posible que existan bienes que nunca hayan sido inscritos por el difunto. Otra de las opciones disponibles para obtener información sobre el patrimonio de un fallecido es acudiendo a la base informatizada notarial de datos. El Notario puede ofrecer dicha información si se presenta el heredero con el documento de defunción del fenecido.</p>



<p>Los datos aportados por la base de información notarial son mucho más completos, ya que no solo comprenden los inmuebles registrados, también contempla las escrituras mercantiles, de hipotecas, transacciones con sociedades, actas notariales, entre otras escrituras de relevancia. Dado a que dicha base informatizada de datos se creó en el 2007, solo tendrá información de los últimos diez años o un poco más del fallecido.</p>



<p>De igual forma, entidades bancarias como el Banco España han creado sistemas para aportar información relacionada con créditos, préstamos y avales de sus clientes en caso de que los mismos fallezcan. Este tipo de servicios posee menos tan solo una década de haber sido creado por lo que la información aportada estará relacionada específicamente con dicho periodo de tiempo. En un futuro se espera que este tipo de información sea totalmente digitalizada para que toda la información relacionada con una herencia pueda ser rápidamente accesible tanto para el notario como para los herederos.</p><p>The post <a href="https://www.abogadoslagavia.es/como-saber-que-bienes-y-deudas-deja-un-difunto.htm">¿Cómo saber que bienes y deudas deja un difunto?</a> first appeared on <a href="https://www.abogadoslagavia.es">Abogados Vallecas</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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